Auto Supremo AS/0869/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0869/2019

Fecha: 30-Ago-2019

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5.- Aplicación errónea del art. 213 num. 1) del Código Procesal Civil, que ordena que la autoridad judicial identifique plenamente a las partes procesales, cuando en la sentencia, concretamente en el Considerando III, se consigna el nombre de la demandante como Paulina Alvarado, más adelante se señala como Paula de Céspedes y luego como Paula Alvarado, confundiéndose en casi toda la sentencia el estado civil de la demandante de casada con viuda.
6.- El auto de vista, viola el derecho al debido proceso, a la defensa y a la seguridad jurídica previsto en el art. 115.II y 180.I de la Constitución Política del Estado, en vista que la A quo permite a la demandada la incorporación en etapa de juicio el testimonio de la declaratoria de herederos de Avelina Maldonado viuda de Carballo cuya data es anterior a la de la demandada, por lo que debió ser acompañada junto a la contestación y no de manera posterior, por lo que la juez de primer grado debió cumplir la previsión de los arts. 125 num. 4) CPC, por lo que acusa la infracción de esta norma