Auto Supremo AS/0869/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0869/2019

Fecha: 30-Ago-2019

Sobre la acusada falta de valoración de la prueba admitida en juicio, sobre todo de

Sobre que el auto de vista aplica erróneamente el art. 213 num. 1) del Código Procesal Civil, en sentido que en sentencia no se otorga valor a la confesión espontánea de la demandada, quién individualiza el terreno a reivindicar y reconoce el derecho propietario de los demandantes, ya se ha mencionado en párrafos precedentes que el derecho propietario de los demandantes en ningún caso fue desconocido por los jueces de grado, y que la confesión a la que fue deferida la demandada, no puede ser considerada como elemento que individualice el bien materia de autos, pues en tal confesión la demandada, afirmó estar en posesión del bien materia de autos por más de 35 años y que ella siempre sembró el predio, afirmación que en ningún caso sirve para establecer la singularidad del inmueble en cuestión.
Sobre la acusada falta de valoración de la prueba admitida en juicio, sobre todo de la certificación de la Unidad de Catastro del Gobierno Autónomo Municipal de Sacaba de 4 de abril de 2017 (fs. 338) en la que no se indica la ubicación del terrero a reivindicar, la cantidad de metros cuadrados de los que consta, su zona, fecha y número de registro catastral y matrícula computarizada, desmiente la supuesta sobreposición del terreno con el de los demandados, asimismo corresponde referirse a la certificación de uso de suelo a fs. 339, que señala que la superficie es provisional y fue copiado del plano georreferenciado, la cual no fue constatada, ni verificada. Este Tribunal advierte que tal documentación no es suficiente para determinar la ubicación exacta del inmueble a reivindicar, pues, esta documentación simplemente es un requisito indispensable para la presentación de demandas de reivindicación como la presente, más en ningún caso permite la identificación precisa del inmueble, cuando hay otros elementos probatorios que la contradicen. En autos, el informe pericial contradice esta documentación