Auto Supremo AS/0974/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0974/2019

Fecha: 24-Sep-2019

En ese entendido, de la revisión de la resolución objetada, es decir del Auto de

En ese entendido, de la revisión de la resolución objetada, es decir del Auto de Vista Nº 0274/2018 de 27 de septiembre, se ha podido colegir que lo manifestado por el recurrente no resulta evidente, debido a que el Tribunal de alzada consideró el recurso de apelación opuesto en el efecto diferido a través del memorial a fs. 473 y fundamentado en el memorial de fs. 688 a 695, en contra de la providencia a fs. 446 vta., confirmada por el Auto Interlocutorio simple Nº 154/2015 de fs. 466 de obrados, pues conforme se puede apreciar en la parte considerativa de la resolución de alzada, concretamente en el acápite signado como “apelación diferida de Carlos Herrera Salinas”, el Tribunal de apelación refiere que la proposición de la prueba se impugna mediante la objeción, que es muy distinta a la reposición planteada, de manera que frente a la objeción correcta, el A quo debe pronunciarse en forma inmediata y el resultado o la resolución de la objeción es impugnable vía apelación devolutiva, no vía reposición como en el presente caso; concluyendo en ese sentido que al haberse activado un medio de impugnación diferente, la parte recurrente dejó precluir su derecho a objetar la proposición de la prueba, desestimando, por consiguiente esta apelación