Auto Supremo AS/0039/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0039/2020

Fecha: 20-Ene-2020

Sobre este tema el Auto Supremo N° 80/2014 de 18 de marzo señaló lo siguiente:

Sobre este tema el Auto Supremo N° 80/2014 de 18 de marzo señaló lo siguiente: “…Si bien tiene la característica de irrenunciable, pero esa situación nada impide que los cónyuges antes o durante la demanda de divorcio o la separación de hecho, puedan llegar a acuerdos con respecto a la distribución de los bienes gananciales, lo cual no implica afectación al régimen legal de la comunidad de gananciales, toda vez que es la misma ley familiar la que reconoce los acuerdos que puedan arribar los cónyuges respecto a los bienes gananciales, no otra cosa significa lo establecido en la última parte del párrafo primero del art. 390 del Código de Familia donde se indica, “…Se salvan las convenciones entre cónyuges”; estas convenciones representan precisamente los acuerdos transaccionales que celebran a menudo los cónyuges generalmente antes de ingresar a la demanda de divorcio, ya sea bajo las llamadas “capitulaciones matrimoniales”, convenciones matrimoniales o acuerdos transaccionales, etc