Auto Supremo AS/0199/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0199/2020

Fecha: 09-Mar-2020

El proceso de la Resolución Determinativa Nº 33/2003 fue resultado de una fiscalización viciada de

El proceso de la Resolución Determinativa Nº 33/2003 fue resultado de una fiscalización viciada de insubsanables causales de nulidad. Entre ellas: 1. El proceso de determinación de oficio no estaría concluido porque no se ha practicado la reliquidación de la base imponible del IUE porque solo se ha considerado el efecto de “gasto no deducible” a pesar que existía una pérdida fiscal suficiente (que compensa y extingue cualquier pretensión del Fisco sobre el revaluó de YPFB). 2. Se establece la existencia de un supuesto impuesto “omitido” por un quebranto fiscal, el cual no se revierte incluso descontando la depreciación de activos. 3. Se establecen multas, sanciones, mantenimiento de valor e intereses incuestionablemente aplicables, debido a la inexistencia de tributos “omitidos” porque no hay ningún impuesto que se liquide sobre la depreciación de los activos porque el IUE se liquida sobre la utilidad neta imponible