Auto Supremo AS/0223/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0223/2020

Fecha: 20-Mar-2020

Prueba que fue restringida, considerando además que ningún hombre puede realizar 6 quintales de harina

Las declaraciones notariales libres y voluntarias fueron aportadas a la litis conforme al art. 159 del CPT y bajo promesa y juramento al Juez de primera instancia y lo que se habría pedido en segunda instancia, era que se señale el día y hora para que los testigos ratifiquen o amplíen su testimonio; empero, como esta prueba no fue considerada por el Juzgador y Tribunal de alzada, incurrieron en error de hecho de la apreciación de esta prueba; toda vez que, ambos juzgadores se limitaron a no valorarla como prueba testifical; cuando lo correcto, era otorgarle un valor probatorio como prueba documental, así fue introducida y de esa manera debió otorgarse el valor probatorio; circunstancia que generó una omisión que debe ser resuelta en casación en el fondo.
Las declaraciones notariales voluntarias, demuestran como hechos notorios que, el demandante ganaba por 3 quintales día a destajo Bs.3.300, ya que trabajaban tres personas, Daniel Laura Queso, Enrique y Juan Cortez; así mismo, demuestra que no hubo despido, sino abandono del demandante, en septiembre de 2015; así como, respecto a los pagos, aguinaldos, etc.
También demostraría que del 2013-2015, su persona no adquirió ninguna utilidad, como la prueba esencial que demuestra la mala fe y deslealtad procesal del demandante, quien incurrió en ilícitos de falsedad, al mencionar que le habría despedido, cuando él se retiró y abandonó la panadería, porque era un trabajador a destajo, no era un trabajador propiamente dicho, donde ya anunció a sus compañeros de trabajo quienes declararon libre y voluntariamente ante Notario de Fe Pública, que ya pensaba entablar procesos legales para beneficiarse con derechos que no le correspondían.
Prueba que fue restringida, considerando además que ningún hombre puede realizar 6 quintales de harina solo en una noche, toda vez que para ello se requiere de más personas para su elaboración, para el caso tres obreros a destajo