Auto Supremo AS/0223/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0223/2020

Fecha: 20-Mar-2020

Sobre las declaraciones notariales ya se determinó anteriormente que, las mismas fueron realizadas con posterioridad,

Sobre las declaraciones notariales ya se determinó anteriormente que, las mismas fueron realizadas con posterioridad, al periodo de prueba, a efectos de suplir la suspensión de la audiencia testifical de descargo, atribuible al demandado que no exhortó a sus testigos que porten sus cedulas al momento de su interrogatorio, circunstancia que evidencia, que no se incurrió en omisión valorativa, al no tratarse de propiamente de prueba documental; sino de testifical que no cumple el principio de inmediación, conforme se refirió precedentemente