Auto Supremo AS/0307/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0307/2020-RRC

Fecha: 20-Mar-2020

El recurrente en resguardo de la seguridad jurídica, el derecho a la defensa y el

El recurrente en resguardo de la seguridad jurídica, el derecho a la defensa y el debido proceso, acorde al art. 16.II de la Constitución Política del Estado (CPE), reclama que de acuerdo al acta de juicio oral fue vulnerado el procedimiento durante la declaración del acusado Ferdy Roberto Ruiz García, indicando que desde ese momento hasta la finalización de las declaraciones de los acusados la audiencia se desarrolló sin la presencia de las partes procesales, afectando el principio de inmediación acorde al art. 330 en relación a los arts. 1, 329, 334 del CPP, 13, 115, 116, 117 y 119 de la CPE, viciando de nulidad el proceso conforme al art. 169 del CPP, dando paso, a la procedencia de la apelación restringida en el presupuesto del art. 370 incs. 4), 5), 6) y 8) del CPP, teniendo en cuenta la injusta Sentencia a causa de las declaraciones testificales afectando las normas y principios establecidos en el citado Código, a los efectos denuncia la falta de fundamentación del Auto de Vista impugnado, pues toda resolución debe estar debidamente fundamentada acorde a la objetividad y la congruencia, ya que la Sentencia se basa en supuestos y no en la mera objetividad aún por la existencia de la duda razonable vulnerando el art. 370 incs. 4), 5) y 6) del CPP, declarando el Tribunal de alzada de manera injusta improcedente la apelación planteada, sin efectuar una valoración de manera individual sacando un fallo con una fundamentación “pobre, anémica y escueta” sin precisar ni establecer de manera objetiva los hechos y fundamentos plasmados en alzada. Invoca los Autos Supremos 450 de 19 de agosto de 2004 y 287/2013-RRC de 4 de noviembre