Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0307/2020-RRC
Fecha: 20-Mar-2020
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Por memoriales presentados el 1 y 8 de julio de 2019, Miguel María Torres Bogado,
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I.1. Antecedentes
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Por Sentencia 52/18 de 22 de octubre de 2018 (fs
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Recurso de Miguel María Bogado Torres
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El recurrente en resguardo de la seguridad jurídica, el derecho a la defensa y el
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Recurso de Ferdy Roberto Ruiz García
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El recurrente acusa la falta de fundamentación del Auto de Vista impugnado, teniendo en cuenta
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En relación al delito de Receptación acusa que dicho ilícito no fue fundamentado por ninguna
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Recurso de Guido Javier Alpíre Arauz
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El recurrente en relación al delito de Receptación por el cual fue sentenciado, indica que
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El recurrente previa referencia del delito de Receptación y los arts
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I.2. Admisión del recurso
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II.1.De la Sentencia
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Por Sentencia 52/18 de 22 de octubre de 2018, el Tribunal Segundo de Sentencia del
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II.2. De los recursos de apelación restringida
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II.2.1. Del imputado Miguel María Torres Bogado
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Notificado con la Sentencia, formuló recurso de apelación restringida, bajo los siguientes argumentos vinculados al
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Por otro lado del acta de registro se podrá advertir que los elementos probatorios de
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La sentencia respecto a la fundamentación en relación a la participación de su persona al
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II.2.2. Del imputado Guido Javier Alpíre Arauz
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Notificado con la Sentencia, formula recurso de apelación restringida, bajo los siguientes argumentos vinculados a
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Citando el art
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La Sentencia refiere que habría comprado un vehículo motorizado con la plata de un supuesto
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II.2.3. Del imputado Ferdy Roberto Ruíz García
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Notificado con la Sentencia, formuló recurso de apelación restringida, bajo los siguientes argumentos vinculados a
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Incumpliendo la Sentencia el principio de congruencia, previsto por el art
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II.3.Del Auto de Vista impugnado
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La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz a través del
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En el presente caso, este Tribunal admitió los recursos de casación de: 1
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III.1. Naturaleza del recurso de casación
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El recurso de casación es un mecanismo de impugnación que se encuentra garantizado por la
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De tal manera que, en la labor de verificación o contraste entre lo resuelto en
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En esa línea esta Sala Penal a través del Auto Supremo 322/2012-RRC de 4 de
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III.2. Análisis de los casos concretos
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III.2.1. Del recurso de Miguel María Bogado Torres
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El recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado incurrió en contradicción a los precedentes
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Ahora bien, a los fines de resolver la problemática planteada necesariamente se debe acudir a
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Consecuentemente; ´En aquellos supuestos en que el Tribunal de alzada comprueba la inobservancia de la
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El control del debido proceso y la actividad jurisdiccional en casos extremos como el presente,
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El recurrente también invoca el Auto Supremo 287/2013-RRC de 4 de noviembre, que fue dictado
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Por los fundamentos expuestos y por la naturaleza del recurso de casación, explicado en el
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III.2.2. Del recurso de Ferdy Roberto Ruíz García
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III.2.2.1. Respecto a la falta de fundamentación del Auto de Vista
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Corresponde precisar que éste motivo fue admitido ante la concurrencia de los presupuestos de flexibilización,
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Antes de ingresar al análisis del presente motivo, corresponde puntualizar que entre los componentes que
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Es así, que en consideración a la exigencia contenida en la Constitución Política del Estado
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Asimismo, para una fundamentación o motivación no se precisa que esta sea extensa o redundante
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De donde se concluye que la fundamentación de las Resoluciones implica el deber de explicar
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Efectuada esa precisión corresponde ingresar al análisis del reclamo resultando necesario destacar conforme se precisó
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Por los argumentos expuestos, se concluye que el Auto de Vista impugnado, evidentemente no respondió
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III
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El recurrente reclama que el Auto de Vista impugnado no observó el principio de congruencia,
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Al respecto, invocó el Auto Supremo 431 de 11 de octubre de 2006, que fue
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Efectuada esa precisión, a los fines de resolver la problemática planteada necesariamente se debe acudir
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Por los fundamentos expuestos y por la naturaleza del recurso de casación que fue explicado
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III.2.3. Del recurso de Guido Javier Alpíre Arauz
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III.2.3.1. Respecto a la denuncia de falta de fundamentación del Auto de Vista
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Sintetizado el reclamo, se tiene que el recurrente reclama que el Auto de Vista impugnado
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Sobre la problemática planteada el recurrente invoca el Auto Supremo 431 de 11 de octubre
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Ahora bien, a los fines de resolver la problemática planteada necesariamente se debe acudir al
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El recurrente reclama que el Auto de Vista impugnado incurrió en falta de fundamentación respecto
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Ahora bien, a los fines de resolver la problemática planteada necesariamente debe acudirse a los
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El recurrente también invocó el Auto Supremo 426/2014-RRC de 28 de agosto, que fue dictado
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Problemática que no guarda relación con el caso de autos, puesto que, el recurrente reclama
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Finalmente el recurrente invocó el Auto Supremo 131/2007 de 31 de enero, que fue dictado
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En el sistema actual, a diferencia del sistema anterior, el Juez es libre para obtener
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Es obligación de quien acusa, cumplir con la carga de la prueba, demostrando plenamente la
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Ante un eventual error en la subsunciòn de la conducta por el A quo si
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De donde se tiene, que no se está ante una situación similar, puesto que, la
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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A efectos de lo previsto por el art
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Regístrese, hágase saber y cúmplase
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FDO
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Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
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