Auto Supremo AS/0397/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0397/2020-RRC

Fecha: 28-Jul-2020

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2.- (Segundo motivo ) La motivación de la sentencia resultaría insuficiente y contradictoria incurriendo en el defecto previsto por el art. 370 num.5) del CPP; al respecto, el apelante manifiesta que la sentencia lo declaraba autor del delito de Uso de Instrumento Falsificado respecto a la escritura pública 250/2003, denuncia que la motivación para esta determinación resulta insuficiente, porque no se exponía ni fundamentaba cuál era el elemento falso de esa escritura pública, únicamente se hacía referencia a la certificación notarial que acreditaba la inexistencia en su archivo del protocolo a dicha escritura más no expresaba que las firmas no correspondían a las partes, al respecto correspondía ante la falta del protocolo se hubiera procedido a su reposición y la sanción disciplinaria del notario, pero denunciaba que de ninguna manera la ausencia del protocolo en los archivos determinaba la comisión del delito de Uso de Instrumento Falsificado puesto que la ausencia no generaba falsedad; al respecto, denuncia que el Tribunal no fundamento como llego a la conclusión de que la escritura pública 250/2013 era falsa y esta era la base para la sanción del uso de un instrumento que nunca se demostró que era falsificado más aun no existió prueba pericial para determinar la falsificación de la escritura pública no existiendo ninguna prueba que pudiese suplirla por tanto denuncia que el Tribunal no fundamentó como llegó a la conclusión de que era el autor del delito por el cual fue sancionado