Auto Supremo AS/0397/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0397/2020-RRC

Fecha: 28-Jul-2020

De la verificación del motivo llevado a Casación se tiene que el recurrente expresa como


El recurrente denuncia la lesión de su garantía constitucional al debido proceso en su elemento de motivación del Auto de Vista, que ocasiona lesión a la garantía fundamental al debido proceso prevista en el art. 370. num 6) del CPP, que la sentencia se basa en hechos no acreditados, como es la falsificación de la EP 250/2003, puesto que no se acredito cuál de sus elementos era falso; el Auto de Vista hubiera precisado sobre el fondo de dicho agravio, efectuó una motivación aparente al respecto, alegando ser innecesario determinar la falsedad para sancionar su uso, resultando de ello la confusión del agravio ya que no se habría solicitado identificar la autoría, sino establecer el elemento falso; invocando al respecto el Auto Supremo 218/2014-RRC de 4 de junio.

De la verificación del motivo llevado a Casación se tiene que el recurrente expresa como agravio que la sentencia adoleció de una falta de fundamentación afectando su derecho al debido proceso, toda vez que no se acredito ni la falsedad de la integrad o parte del documento; reclama la ilegalidad de su condena por el delito de Uso de Instrumento Falsificado, sin que se haya acreditado siquiera que el documento es falso, invoca de igual manera que se hubiera vulnerado sus derechos y garantías constitucionales al debido proceso en su elemento motivación, tal reclamo surge a partir de la omisión de pronunciamiento en que incurre el Auto de Vista que evitó pronunciarse al fondo de dicho agravio