b.
b. En el segundo agravio, acusa que la Sentencia no consideró el inc. 3 del art. 549 del Código Civil, al no tomar en cuenta que los abogados que redactaron los documentos objeto de la demanda e indujeron al actor a suscribirlos, soslayaron los arts. 214 y 215 del Código de Comercio, 454.II, 493.I del Código Civil y la cláusula octava de la Escritura de Constitución de la empresa minera Chaska S.R.L; sin embargo, a pesar de reconocerse en el Auto de Vista dicho agravio, fue desestimado con criterios subjetivos al no indicarse si el A quo debía considerar o aplicar la norma invocada.
- VISTOS
- 1.
- 2.
- 3.
- a.
- b.
- c.
- d.
- f.
- g.
- h.
- i.
- j.
- k.
- l.
- m.
- En la forma:
- En el fondo:
- III.1. Respecto a la fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales.
- III.2. Litisconsorcio pasivo.
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- , acredita la necesidad de su integración para el ejercicio de su derecho a la defensa
- POR TANTO:
