Fragmento 7
Paulino Quispe Gonzales, representado por Pedro Mamani Huanca, al amparo de los arts. 271.I y II, 272, 273, 274, 276. I al III del CPC, concordado con los arts. 250.I y II, 253 num. 1), 2), y 3), 254 num. 4) y 7) del CProC, interpone Recurso de Casación en la forma y el fondo, solicitando CASE el Auto de Vista SO-262/2020 y deliberando en el fondo, declare PROBADA la demanda de nulidad de documentos y cancelación de matrícula. Entre sus argumentos cita los siguientes:
- VISTOS:
- 1.
- Fragmento 3
- 2.
- a)Que de los agravios identificados como l. y 2.
- b)Absolviendo el agravio identificado como 3.
- Fragmento 7
- 3.
- 4.
- De la respuesta al recurso de casación.
- III.1. Sobre la cosa juzgada.
- III.2. Sobre el principio de unidad de la prueba.
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1.Sobre el error de hecho y error de derecho en la valoración de pruebas.
- 2.Sobre el informe de DDRR y la ubicación del inmueble.
- 3.Sobre la revisión de oficio del proceso.
- i.
- ii.
- iii.
- iv.
- v.
- vii.
- viii.
- 6.Sobre la conducta de las partes que intervienen en el proceso.
- POR TANTO
