Auto Supremo AS/0529/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0529/2021

Fecha: 14-Jun-2021

1.Sobre la cosa juzgada.

En el punto III.1. de la Doctrina Aplicable, a través de los AASS Nº 508/2012 de 14 de diciembre y Nº 100/2015 de 11 de febrero, se establece que de la cosa juzgada derivan dos efectos: el efecto negativo, que supone la imposibilidad de sustanciar otro proceso sobre el mismo objeto, y el efecto positivo, que supone la prohibición de que en un segundo proceso se decida de forma diferente a lo ya resuelto en un primero. Asimismo, se precisó conforme al art. 1319 del CC, los límites de la cosa juzgada: el límite objetivo, en razón al objeto o cosa que trató el litigio y la causa o título de donde se quiso deducir la pretensión, y el límite subjetivo, establecido en función a las personas participes del proceso.