Auto Supremo AS/0529/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0529/2021

Fecha: 14-Jun-2021

b.

b. Respecto a la violación al principio de oralidad, seguridad jurídica, celeridad, derecho a la defensa y la propiedad, por no haberse llamado a audiencia para resolver la excepción, tal como indica el art. 427 inc. i) del CFPF; si bien la citada norma dispone que el juez resuelva la excepción opuesta en audiencia preliminar, dicho aspecto no genera la nulidad de obrados si el recurrente no solició dicha nulidad en su recurso de apelación, limitándose a pedir que se revoque el auto impugnado declarando improbada las excepciones opuestas, además, el recurrente consintió que el expediente ingrese a despacho para la resolución de la excepción de manera escrita, convalidando lo actuado.