Auto Supremo AS/0007/2022-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0007/2022-RA

Fecha: 01-Feb-2022

admisibilidad

De los aspectos manifestados por el recurrente enuncia precedente contradictorio el Auto Supremo 411 de 3 de septiembre de 2014 que doctrinalmente a su criterio expresa caso análogo; donde la autoridad Judicial determinó que el recurso de apelación restringida no es un medio de revalorización de la prueba puesto que en el sistema procesal acusatorio vigente rige el principio de inmediación; pero que es de su pertinencia realizar el control de correcta valoración efectuada por el Juez o Tribunal, actividad que debe ceñirse al control de legalidad y racionalidad para extraer conclusiones para emitir Sentencia; expresa que en el caso de autos no existe prueba idónea que involucre su participación; que la carga de la prueba correspondería a la parte acusadora; y, sobre el delito endilgado, no existen pruebas sobre la concurrencia sobre los presupuestos del tipo penal acusado pero que tales aspecto no fueron considerados por el Tribunal ad quem; lo que implica que conforme prevé el art. 416 del CPP, cumplió su deber procesal de invocar razonamiento jurisprudencial que considere aplicable al presente caso; especificando en qué consisten los defectos del pronunciamiento impugnado; por cuanto, conforme se expuso en el apartado III de este Auto Supremo con relación a los alcances jurídicos del recurso de casación, al constituir un examen de derecho cuya finalidad es la unificación jurisprudencial, se invocó precedente contradictorio respectivo y aplicable a la temática planteada; correspondiendo declarar la admisibilidad de los motivos quinto y sexto.