Auto Supremo AS/0007/2022-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0007/2022-RA

Fecha: 01-Feb-2022

tercer motivo

Como tercer motivo refiere que el Auto de Vista incurrió en vulneración de sus derechos al confirmar en parte la Sentencia y rechazar los incidentes de nulidad por actividad procesal defectuosa formulados contra la pericia grafótecnica, denuncia incorrecta y errónea aplicación de la ley de parte de la sentencia, vulneración del derecho a la defensa, seguridad jurídica. Denuncia que el Auto de Vista impugnado no reparó la errónea intromisión de pruebas realizada por el Tribunal aquo, incurriendo en graves errores de interpretación de normas sustantivas aplicables al caso, inobservando la jurisprudencia incumplió sus deberes como Tribunal de alzada.

Refiere que el Tribunal de Sentencia, durante la realización del juicio oral, ordenó la ejecución de la prueba pericial (PD7) atendiendo el requerimiento de Judicialización de las pruebas por parte de los acusadores particulares y no excluyó prueba alguna, actuar que determinó la consumación de una actuación contraria la Constitución Política del Estado, toda vez que el art. 16 de la Ley 025 prohíbe a los Jueces y magistrados retrotraer etapas concluidas, realizando actos de investigación que debieron realizarse durante la etapa preparatoria, violentando con esta actuación el debido proceso al incorporar pruebas que no fueron obtenidas conforme a lo dispuesto por los arts. 13 y 173 del CPP, vulnerando el principio de preclusión.

Enuncia como precedentes contradictorios los Autos Supremos 775 de 5 de octubre de 2017, 11 de 17 de mayo de 2021 y 536 de 23 de octubre de 2013.