Sentencia Rol 9518 - 2020
Tribunal Constitucional de Chile

Sentencia Rol 9518 - 2020

Fecha: 24-Jun-2021

0000249 DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE a) Ser chileno; b) Haber cumplido con la ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente; c) Tener salud compatible con el desempeño del cargo; d) Haber aprobado el nivel de educación media, o equivalente; e) No haber cesado en un cargo en el Poder Judicial o en la Administración del Estado como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, y f) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado o acusado por crimen o simple delito

0000249 DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE a) Ser chileno; b) Haber cumplido con la ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente; c) Tener salud compatible con el desempeño del cargo; d) Haber aprobado el nivel de educación media, o equivalente; e) No haber cesado en un cargo en el Poder Judicial o en la Administración del Estado como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, y f) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado o acusado por crimen o simple delito.”. (…) Síntesis de la gestión pendiente y del conflicto constitucional sometido al conocimiento y resolución del Tribunal Señala la parte requirente haber ingresado en el año 2005 al Poder Judicial, desempeñándose como funcionaria del 7° Juzgado de Garantía de Santiago como Encargada de Acta Grado XII, para posteriormente trasladarse el año 2007 al Juzgado de Garantía de Arica como Administrativa Grado XIII, cargo en el cual se desempeñó hasta fines del año 2011. Explica que durante tal período mantuvo una participación destacada en el tribunal, cumpliendo fielmente sus labores, lo que se reflejó en su hoja de vida funcionaria, así como en sus calificaciones sobresalientes y anotaciones de mérito, las que dan cuenta de su excelente desempeño, iniciativa y responsabilidad en el ejercicio de sus funciones. Sin embargo, y mientras se desempeñaba como funcionaria en el Juzgado de Garantía de Arica, fue calificada con nota deficiente en noviembre del año 2011, cuestión que provocó su salida del cargo. Alega que el proceso mediante el cual se determinó esta calificación fue irregular, especialmente considerando que, en la preevaluación de abril del mismo año, fue considerada en lista sobresaliente, habiéndose señalado en acta que “ha demostrado gran compromiso con la labor encomendada y deseos de superación”. Añade que en paralelo se cursó en su contra un sumario, cuyos cargos nunca lograron acreditarse, sin embargo, como la calificación funcionaria depende del criterio de una persona, que, en este caso, correspondía a la Jueza Sara Pizarro Grandón, dicha calificación se mantuvo, y se procedió a su salida del Poder Judicial. Pese a lo anterior, refiere mantener el anhelo de retornar al Poder Judicial, por lo que después de casi nueve años postuló al Concurso N° de Folio 12018 para el cargo de Auxiliar Administrativo en Juzgado de Letras del Trabajo de Arica. Sin embargo, el día 6 de octubre fue notificada por correo electrónico de que su 2