SENTENCIA T-390 DE 2025
Corte Constitucional de Colombia

SENTENCIA T-390 DE 2025

Fecha: 24-Sep-2025

Parques Nacionales Naturales de Colombia

El 02 de octubre de 2024, la Oficina Asesora Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Parques Nacionales Naturales afirmó que, con base en la información que le envió Ecopetrol, el OTA se traslapa con la Reserva Natural de la Sociedad Civil Pueblo Viejo, pertenecientes al Sistema Nacional de Áreas Protegidas. Además, según la capa de Resguardos Indígenas Formalizados de julio de 2024 suministrada por la Agencia Nacional de Tierras, el OTA se traslapa con el Resguardo Indígena Awá Gran Rosario, El Gran Sábalo y Cuaiquer Integrado La Milagrosa.

Respecto de la Reserva Natural de la Sociedad Civil, la entidad aclaró que estas reservas son áreas privadas que conservan ecosistemas naturales y se rigen por principios de sostenibilidad. Además, sostuvo que, según la Ley 99 de 1993 y el Decreto 1076 de 2015, los propietarios pueden incluir o retirar voluntariamente sus predios del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP), sin que Parques Nacionales pueda interferir en su administración directa debido a su gobernanza privada.

Por lo tanto, esta entidad carece de competencia para pronunciarse sobre la acción de tutela, pues no ha vulnerado los derechos de los accionantes y el OTA no se traslapa con los parques nacionales naturales. En consecuencia, solicitó ser desvinculada del trámite, debido a la falta de legitimación en la causa por pasiva.