SENTENCIA T-390 DE 2025
Corte Constitucional de Colombia

SENTENCIA T-390 DE 2025

Fecha: 24-Sep-2025

Procuraduría General de la Nación

El 21 de febrero de 2025, la Procuradora Delegada Preventiva y de Control de Gestión 4 para Asuntos Étnicos y el Procurador Delegado con Funciones Mixtas 3 para Asuntos Ambientales, Minero Energéticos y Agrarios se pronunciaron sobre la tutela. Afirmaron que para los pueblos indígenas el territorio es más que un espacio físico, pues es un pilar fundamental de su cosmovisión, cosmogonía y espiritualidad. Además, relataron que el territorio es esencial para la pervivencia de los pueblos indígenas y, por ende, se debe contar con su participación en la construcción de las soluciones. 

Respecto de los derrames de hidrocarburos, el delegado y la delegada sostuvieron que la autoridad ambiental debe evaluar que los planes de contingencia de los estudios de impacto ambiental contemplen medidas de mitigación, corrección y gestión adecuada de los derrames causados por los grupos armados. De esta forma, la ANLA, junto con Corponariño, Corpoamazonía, la Agencia Nacional de Hidrocarburos y las autoridades territoriales deben realizar seguimiento y control sobre estos proyectos.

Por último, estos delegados manifestaron que la Procuraduría está en disposición de contribuir a la vigilancia preventiva y control a la gestión del oleoducto Trasandino, en el marco de sus competencias, con el fin de garantizar los derechos del pueblo Awá.