Sentencia T-916/08
Corte Constitucional de Colombia

Sentencia T-916/08

Fecha: 12-Feb-2009

2. Decisión de segunda instancia.

Impugnada oportunamente la sentencia, la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, dispuso confirmar la decisión el 27 de noviembre de 2007, por cuanto no le corresponde al juez de tutela “inmiscuirse en el trámite de un proceso judicial en curso, profiriendo resoluciones o mandatos que interfieran la actuación ordenada por el juez de conocimiento como conductor del proceso, no modificar o revocar las providencias judiciales por él dictadas o indicar de que debe adoptar determinada resolución”.[21]

Con todo, y en la misma línea de argumentación del a quo, estimó que el actor cuenta con mecanismos de defensa dentro del proceso verbal de cesación de los efectos civiles de matrimonio católico, razón por la cual en virtud de la naturaleza residual y subsidiaria de la acción de tutela, no está concebida para sustituir los medios de defensa establecidos en el ordenamiento jurídico según el “libre albedrío de los interesados”.[22]