Asunto C‑238/19
Fecha: 28-May-2020
Convención sobre el Estatuto de los Refugiados 2.Con arreglo al artículo 1, sección A, punto 2, de la Convención de Ginebra,(4) el término «refugiado» se aplicará a toda persona que, «debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, se encuentre fu...