IX.Quinto motivo del recurso: vulneración del artículo 7TUE
65.A juicio del Gobierno polaco, el Reglamento 2020/2092 introduce un nuevo mecanismo, no previsto en los Tratados, para controlar el respeto de los principios del Estado de derecho por los Estados miembros. Tiene, por eso, efecto equivalente al de la modificación de los Tratados, inviable a través de una mera norma de derecho derivado.
66.Además, como su objetivo coincide con el del procedimiento del artículo 7TUE, el Reglamento 2020/2092 eludiría la aplicación de este artículo, cuyas condiciones son más exigentes y ofrecen más garantías a los Estados miembros.
67.El análisis de estos argumentos en los puntos correlativos de las conclusiones del asunto C‑156/21 me conduce a propugnar la desestimación del quinto motivo del recurso.
- Encabezado
- I.Marco jurídico
- II.Procedimiento ante el Tribunal de Justicia
- III.Incidente de procedimiento: solicitud de retirada de un dictamen del Servicio Jurídico del Consejo
- IV.Regalmento 2020/2092: una norma a caballo entre la condicionalidad financiera y la garantía del Estado de derecho
- V.Primer motivo del recurso: ausencia de base jurídica válida del Reglamento 2020/2092
- VI.Segundo motivo del recurso: carácter inapropiado de la base jurídica del Reglamento 2020/2092
- VII.Tercer motivo del recurso: vulneración del Protocolo n.º2, anexo al TUE y al TFUE, sobre la aplicación de los principios de subsidiariedad y proporcionalidad
- VIII.Cuarto motivo del recurso: vulneración de la obligación de motivación (artículo 296TFUE, párrafo segundo)
- IX.Quinto motivo del recurso: vulneración del artículo 7TUE
- X.Sexto motivo del recurso: vulneración del artículo 269TFUE, párrafo primero
- XI.Séptimo motivo del recurso: vulneración de los artículos 4TUE, apartados 1 y 2, segunda frase, y 5TUE, apartado2
- XII.Octavo motivo del recurso: vulneración del principio de igualdad de trato entre Estados miembros (artículo 4TUE, apartado 2, primera frase)
- XIII.Motivo noveno del recurso: vulneración del principio de seguridad jurídica
- XIV.Motivo décimo del recurso: vulneración del principio de proporcionalidad (artículo 5TUE, apartado4)
- XV.Motivo undécimo del recurso: desviación de poder
- XVI.Costas
- XVII.Conclusión
