Asunto C‑157/21
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Asunto C‑157/21

Fecha: 02-Dic-2021

X.Sexto motivo del recurso: vulneración del artículo 269TFUE, párrafo primero

68.Según el Gobierno polaco, la adopción del Reglamento 2020/2092 implica de facto una violación del artículo 269TFUE, párrafo primero, porque extiende la competencia del Tribunal de Justicia (que ese artículo limita al control de las reglas de procedimiento) a cualquier infracción de los principios del Estado de derecho, cuyo alcance define, también sin fundamento alguno, el Reglamento 2020/2092.

69.El análisis de estos argumentos en los puntos correlativos de las conclusiones del asunto C‑156/21 me conduce a propugnar la desestimación del sexto motivo del recurso.