AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1324/2021. QUÁLITAS COMPAÑÍA DE SEGUROS, S.A.B. DE C.V. 1 DE DICIEMBRE DE 2021. CINCO VOTOS DE LA MINISTRA NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ Y LOS MINISTROS JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ, JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO, QUIEN
Fecha: 09-Sep-2022
D Recurso De Revisión
9. Recurso de revisión. En contra de la anterior decisión ********** por propio derecho interpuso recurso de revisión y la Primera Sala de este Alto Tribunal conoció del asunto y lo registró con el número 7351/2018, la cual en sesión de veintiuno de noviembre de dos mil diecinueve por mayoría de cuatro votos,(3) se determinó desecharlo y declarar firme la sentencia recurrida de tres de octubre de dos mil dieciocho por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, en el juicio de amparo **********.
10. Cumplimiento. Posteriormente, al haber quedado firme la sentencia recurrida de tres de octubre de dos mil dieciocho, la Sala responsable en cumplimiento a la ejecutoria de amparo en cita, dictó una nueva resolución dentro del toca ********** el veinticuatro de febrero de dos mil veinte en el sentido de declarar parcialmente fundados los agravios de la apelante y revocó la sentencia definitiva de tres de octubre de dos mil diecisiete dictada por el Juez de origen para quedar en los términos precisados en la resolución de veinticuatro de febrero antes mencionada y no hizo condena en costas. La modificación quedó de la siguiente forma: i) condenó al demandado (**********) al pago de $********** (**********), por concepto de indemnización por responsabilidad civil; ii) lo condenó al pago de una indemnización por concepto de daño moral por la cantidad de $********** (**********) y la suma de $********** (**********) por concepto de cinco sesiones de terapia psicológica para cada uno de los co-actores y una sesión familiar; iii) señaló que dicha resolución le deparaba perjuicio a la tercera llamada a juicio Quálitas en la inteligencia de que sólo respondería hasta la suma asegurada y, iv) no hizo condena en costas.
- I Antecedentes Y Trámite
- A Causa Penal Apelación Y Sentencia
- B Juicio Ordinario Civil
- C Demanda De Amparo Directo
- D Recurso De Revisión
- E Segunda Demanda De Amparo Directo
- Respecto A La Causal De Improcedencia Señaló Lo Siguiente
- F Segundo Recurso De Revisión
- Agravios Del Recurrente En Esencia Hizo Valer Los Siguientes Argumentos
- Ii Competencia
- Iii Oportunidad
- Iv Legitimación
- V Analisis De Procencia Del Recurso
- Y Un Entendimiento En El Segundo Sentido Podría Advertirse De Los Pronunciamientos Siguientes
- Décimo Tercero Lineamientos De La Concesión
- Vi Estudio De Fondo
- A La Protección De Los Consumidores Respecto De Los Usuarios De Seguros
- Protección Al Consumidor Régimen Jurídico Singular Que Regula A La Ley Federal Relativa
- Los Consumidores Del Sector De Seguros Y El Contrato De Adhesión
- B Legitimación Para Impugnar Cláusulas Del Contrato De Seguro De Automóvil
- Responsabilidad Contractual Y Extracontractual Sus Diferencias
- Vii Decisión
- Viii Resuelve
- Expediente Virtual Del Amparo Directo En Revisión
- Artículo Procede El Recurso De Revisión
- Cfr Amparo Directo En Revisión
- Análisis Que Inicia A Partir Del Folio De La Sentencia De Amparo
- Artículo
- Amparo En Revisión Página
- Ibídem
- Adicionado Dof De Mayo De
- Reformado Primer Párrafo Go De Febrero De
- Reformado Go De Febrero De
- Reformado Dof De Enero De
- Reformado Dof De Abril De
- Cfr Amparo Directo En Revisión Párrafos Y