AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1766/2021. 18 DE MAYO DE 2022. CINCO VOTOS DE LAS MINISTRAS NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ, QUIEN RESERVÓ SU DERECHO PARA FORMULAR VOTO CONCURRENTE, Y ANA MARGARITA RÍOS FARJAT, Y LOS MINISTROS JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARR
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1766/2021. 18 DE MAYO DE 2022. CINCO VOTOS DE LAS MINISTRAS NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ, QUIEN RESERVÓ SU DERECHO PARA FORMULAR VOTO CONCURRENTE, Y ANA MARGARITA RÍOS FARJAT, Y LOS MINISTROS JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARR

Fecha: 09-Sep-2022

Amparo Directo En Revisión Resuelto El Cuatro De Julio De Dos Mil Dieciocho Párr

Amparo directo en revisión 7470/2017, resuelto el cuatro de julio de dos mil dieciocho, párr. 39 (El concubinato como "vínculo con vocación de permanencia del cual se predica la afectividad, solidaridad y ayuda mutua").

64. Ver Amparo directo en revisión 230/2014, resuelto el diecinueve de noviembre de dos mil catorce, p. 41, últ. párr. ("Pareja que convive de forma constante y estable, fundada en la afectividad, la solidaridad y la ayuda mutua")

65. Ver amparo directo 19/2014, resuelto el tres de septiembre de dos mil catorce, párrs. 54 (la "comunidad de vida y procuración de respeto y ayuda mutua" como fines de la sociedad de convivencia) y 81 ("Grupos familiares esencialmente iguales en los que la medida legislativa regula el mismo bien jurídico (el derecho a la vida y la sustentabilidad) y persigue el mismo fin (proteger al miembro de la unión familiar que haya desarrollado una dependencia económica durante la convivencia).

66. Ver amparo en revisión 1127/2015, resuelto el diecisiete de febrero de dos mil dieciséis, p. 62, párr. 1 (Relaciones que "comparten como característica que constituyen una comunidad de vida a partir de lazos afectivos, sexuales y de solidaridad recíproca, con una vocación de estabilidad y de permanencia en el tiempo").

67. Ver amparo directo en revisión 387/2016, resuelto el veintiséis de abril de dos mil diecisiete, p. 24, párr. 1.

68. Ver amparo directo en revisión 139/2016, resuelto el veintinueve de junio de dos mil dieciséis, p. 27, últ. párr. y p. 32, párr. 3 (las parejas de hecho desarrollan "lazos afectivos basados en la solidaridad y la ayuda mutua").