AMPARO DIRECTO 700/2012. 31 DE ENERO DE 2013. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: RAMIRO RODRÍGUEZ PÉREZ. SECRETARIO: RAMÓN LOZANO BERNAL.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 700/2012. 31 DE ENERO DE 2013. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: RAMIRO RODRÍGUEZ PÉREZ. SECRETARIO: RAMÓN LOZANO BERNAL.

Fecha: 31-Ene-2013

Por Lo Expuesto Y Fundado Con Apoyo En Los Artículos Y De La Ley De Amparo Se Resuelve

ÚNICO.-La Justicia de la Unión no ampara ni protege a **********, en contra del acto reclamado a la Sala Regional del Centro III del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, con sede en Celaya, Guanajuato, consistente en la sentencia de **********, en el juicio de nulidad **********.

Notifíquese. Anótese en el libro de registro correspondiente y con testimonio de esta ejecutoria, vuelvan los autos respectivos a su lugar de origen; en su oportunidad, archívese el expediente, el cual se clasifica como depurable en cumplimiento a lo previsto en la fracción III, del punto vigésimo primero del Acuerdo General Conjunto 2/2009, del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal.

Así, por unanimidad de votos, sin discusión, lo resolvió el Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Sexto Circuito, integrado por los Magistrados Ramiro Rodríguez Pérez, Ariel Alberto Rojas Caballero y Víctor Manuel Estrada Jungo, siendo presidente y ponente el primero de los nombrados.

En términos de lo previsto en los artículos 8, 18, fracción II y 21 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, así como en los diversos 47 del reglamento de la misma; 2, fracciones XXI y XXIII y 8 del Reglamento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal para la aplicación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.