AMPARO DIRECTO 170/2013. 4 DE ABRIL DE 2013. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: JUAN GARCÍA OROZCO. PONENTE: VÍCTORINO ROJAS RIVERA. SECRETARIO: JESÚS SANTOS VELÁZQUEZ GUERRERO.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 170/2013. 4 DE ABRIL DE 2013. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: JUAN GARCÍA OROZCO. PONENTE: VÍCTORINO ROJAS RIVERA. SECRETARIO: JESÚS SANTOS VELÁZQUEZ GUERRERO.

Fecha: 04-Abr-2013

Concepto De Violación Séptimo

5.21. En forma incongruente se otorgó valor probatorio pleno a la prueba de inspección ofrecida por la parte actora y que con el resultado de la misma quedó acreditado un vínculo laboral entre la actora y **********, S.A. de C.V. Es cierto que no se exhibieron los documentos requeridos por la simple razón de que los mismos no existen al no tener empleados, pero a pesar de ellos, se exhibieron al actuario todos y cada uno de los documentos que ya se habían ofertado, por lo que sí existen pruebas en contrario para demostrar que entre la actora y mi representada no existió vínculo laboral, sino que lo fue de índole mercantil.

5.22. Es cierto que existió el apercibimiento correspondiente, pero la propia ley y diversas interpretaciones han sostenido que no es suficiente la falta de exhibición de documentos en una inspección para tener por acreditados determinados hechos, si de los autos existen pruebas de más y mejor calidad, que acreditan lo contrario a lo pretendido en una inspección.