AMPARO DIRECTO 278/2014 (CUADERNO AUXILIAR 447/2014) DEL ÍNDICE DEL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO QUINTO CIRCUITO, CON APOYO DEL QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA QUINTA REGIÓN, CON RESIDENCIA EN LA PAZ, BAJA CALI
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 278/2014 (CUADERNO AUXILIAR 447/2014) DEL ÍNDICE DEL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO QUINTO CIRCUITO, CON APOYO DEL QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA QUINTA REGIÓN, CON RESIDENCIA EN LA PAZ, BAJA CALI

Fecha: 05-Sep-2014

Los Actos De Policía Pueden Restringir Los Derechos Fundamentales

• Dicha restricción, para ser constitucional, deberá estar justificada en la legislación y atender a un criterio de razonabilidad, atentas las circunstancias del caso.

Para establecer el parámetro de razonabilidad, se acude a la resolución del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, emitida en el amparo en revisión 2146/2005, donde estableció que al fijar el alcance o límite de una garantía individual, el legislador debe: