SUPLENCIA DE LA QUEJA DEFICIENTE. LA EFECTUADA EN EL AMPARO DIRECTO A FAVOR DE LA VÍCTIMA U OFENDIDO DEL DELITO CUANDO EL ACTO RECLAMADO ES UNA SENTENCIA DEFINITIVA APELADA ÚNICAMENTE POR EL MINISTERIO PÚBLICO, DEBIDO A QUE LA NORMA ADJETIVA NO LO LE
Fecha: 11-Dic-2015
Aprobada En Sesión De De Mayo De
37. Al respecto, los artículos 3o., fracción III, 5o., 6o. y 127 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Guanajuato señalan:
"Artículo 3o. Compete al Ministerio Público llevar a cabo la averiguación previa y ejercer, en su caso, la acción penal ante los tribunales. ...
"III. Solicitar a la autoridad jurisdiccional las medidas precautorias de arraigo, aseguramiento o embargo que resulten indispensables para la averiguación previa, así como las órdenes de cateo que procedan."
"Artículo 5o. Los periodos de instrucción y juicio constituyen el procedimiento judicial, dentro del cual corresponde exclusivamente a los tribunales resolver si un hecho es o no delito, determinar la responsabilidad o irresponsabilidad de las personas acusadas ante ellos e imponer las sanciones que procedan con arreglo a la ley.
"Dentro de este procedimiento, el Ministerio Público y la policía ejercitarán también las funciones que les encomienda la fracción III del artículo 3o., y el Ministerio Público cuidará de que los tribunales apliquen estrictamente las leyes relativas, y de que las resoluciones de aquéllos se cumplan debidamente."
"Artículo 6o. El Juez competente ejecutará las sentencias de los tribunales hasta la extinción de las sanciones y el Ministerio Público velará por el exacto cumplimiento de lo dispuesto en la sentencia y en la normativa penal y penitenciaria."
"Artículo 127. Corresponde al Ministerio Público, de conformidad con las disposiciones legales, ejercer la acción penal ante los tribunales. En el ejercicio de la misma, le compete:
- Considerando
- Tercerocuestiones Necesarias Para Resolver El Asunto
- I Marco Constitucional Respecto Del Sistema Penal Aplicable
- Nadie Puede Ser Aprisionado Por Deudas De Carácter Puramente Civil
- Artículo Tienen Derecho A Apelar El Ministerio Público El Inculpado Y Los Defensores
- I Las Sentencias Definitivas Que Absuelven Al Acusado
- Viii Las Demás Resoluciones Que Señala La Ley
- A En Cuanto Al Recurso De Apelación
- B Respecto Al Juicio De Amparo Directo
- En Calidad De Corolario Es Menester Formular Los Siguientes Pronunciamientos
- A Recurso De Apelación
- B Juicio De Amparo Directo
- A Suplencia De La Deficiencia De La Queja En Favor De La Víctima U Ofendido
- Por Todo Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- Toca Penal Foja
- Toca Penal Fojas A
- Artículo
- Artículo Garantías Judiciales
- Artículo Protección Judicial
- Los Estados Partes Se Comprometen
- B A Desarrollar Las Posibilidades De Recurso Judicial Y
- Serie C No Excepción Preliminar Fondo Reparaciones Y Costas Párrafos A
- Aprobada En Sesión De De Mayo De
- I Promover La Incoacción Del Procedimiento Judicial
- V Pedir La Aplicación De Las Consecuencias Jurídicas Del Delito Respectivas Y
- El Texto Actualmente Señala