SUPLENCIA DE LA QUEJA DEFICIENTE. LA EFECTUADA EN EL AMPARO DIRECTO A FAVOR DE LA VÍCTIMA U OFENDIDO DEL DELITO CUANDO EL ACTO RECLAMADO ES UNA SENTENCIA DEFINITIVA APELADA ÚNICAMENTE POR EL MINISTERIO PÚBLICO, DEBIDO A QUE LA NORMA ADJETIVA NO LO LE
Fecha: 11-Dic-2015
Artículo
"1. Todas las personas son iguales ante los tribunales y Cortes de Justicia. Toda persona tendrá derecho a ser oída públicamente y con las debidas garantías por un tribunal competente, independiente e imparcial, establecido por la ley, en la substanciación de cualquier acusación de carácter penal formulada contra ella o para la determinación de sus derechos u obligaciones de carácter civil. La prensa y el público podrán ser excluidos de la totalidad o parte de los juicios por consideraciones de moral, orden público o seguridad nacional en una sociedad democrática, o cuando lo exija el interés de la vida privada de las partes o, en la medida estrictamente necesaria en opinión del tribunal, cuando por circunstancias especiales del asunto la publicidad pudiera perjudicar a los intereses de la justicia; pero toda sentencia en materia penal o contenciosa será pública, excepto en los casos en que el interés de menores de edad exija lo contrario, o en las actuaciones referentes a pleitos matrimoniales o a la tutela de menores."
23. "Artículo XVIII. Toda persona puede ocurrir a los tribunales para hacer valer sus derechos. Asimismo debe disponer de un procedimiento sencillo y breve por el cual la justicia lo ampare contra actos de la autoridad que violen, en perjuicio suyo, alguno de los derechos fundamentales consagrados constitucionalmente."
- Considerando
- Tercerocuestiones Necesarias Para Resolver El Asunto
- I Marco Constitucional Respecto Del Sistema Penal Aplicable
- Nadie Puede Ser Aprisionado Por Deudas De Carácter Puramente Civil
- Artículo Tienen Derecho A Apelar El Ministerio Público El Inculpado Y Los Defensores
- I Las Sentencias Definitivas Que Absuelven Al Acusado
- Viii Las Demás Resoluciones Que Señala La Ley
- A En Cuanto Al Recurso De Apelación
- B Respecto Al Juicio De Amparo Directo
- En Calidad De Corolario Es Menester Formular Los Siguientes Pronunciamientos
- A Recurso De Apelación
- B Juicio De Amparo Directo
- A Suplencia De La Deficiencia De La Queja En Favor De La Víctima U Ofendido
- Por Todo Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- Toca Penal Foja
- Toca Penal Fojas A
- Artículo
- Artículo Garantías Judiciales
- Artículo Protección Judicial
- Los Estados Partes Se Comprometen
- B A Desarrollar Las Posibilidades De Recurso Judicial Y
- Serie C No Excepción Preliminar Fondo Reparaciones Y Costas Párrafos A
- Aprobada En Sesión De De Mayo De
- I Promover La Incoacción Del Procedimiento Judicial
- V Pedir La Aplicación De Las Consecuencias Jurídicas Del Delito Respectivas Y
- El Texto Actualmente Señala