AMPARO DIRECTO 565/2014. 15 DE ENERO DE 2015. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: RAFAEL MARTÍN OCAMPO PIZANO. SECRETARIA: ANGÉLICA DEL CARMEN ORTUÑO SUÁREZ.
Fecha: 24-Abr-2015
Artículo A Ninguna Ley Se Dará Efecto Retroactivo En Perjuicio De Persona Alguna
"Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho. ..."
El artículo en cita prevé que previo a la materialización de un acto privativo para la persona, en lo que atañe a su libertad, propiedad, posesiones o derechos, debe otorgársele la posibilidad de defensa previa donde se cumplan las formalidades que brinden el mínimo de certeza para afirmar que se salvaguardó la garantía de audiencia de la persona.
Así lo ha establecido el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mediante la siguiente jurisprudencia:
- Considerando
- Página
- Concepto De Violación Primero Y Parte Conducente Del Segundo
- Son Parcialmente Fundados Pero Insuficientes Los Motivos De Inconformidad Que Se Analizan
- I Si No Se Encuentra En Alguno De Los Supuestos Previstos En El Artículo
- Iv Se Trate De Multas Por Infracciones A Las Normas En Materia De Propiedad Intelectual
- Las Resoluciones Que Decreten Medidas Cautelares Positivas
- En El Caso La Sala Responsable Emitió El Siguiente Pronunciamiento
- V La Constancia De La Notificación De La Resolución Impugnada
- Señalar La Fecha En Que Se Practicó La Notificación
- Parte Restante Del Segundo Concepto De Violación
- El Artículo De La Ley Federal De Procedimiento Contencioso Administrativo Establece
- Tesis Pj
- Tesis Aj
- En El Auto De Cuatro De Junio De Dos Mil Catorce Se Proveyó Al Respecto
- El Acto Reclamado Se Sustenta En Los Siguientes Motivos Y Fundamentos
- Conceptos De Violación Tercero Y Cuarto
- Artículo A Ninguna Ley Se Dará Efecto Retroactivo En Perjuicio De Persona Alguna
- La Parte Conducente Del Artículo Constitucional Es Del Texto Siguiente
- Foja Del Juicio De Nulidad