AMPARO DIRECTO 1709/2014. 30 DE ABRIL DE 2015. UNANIMIDAD DE VOTOS; MAYORÍA EN CUANTO AL CONTENIDO DE LA TESIS. DISIDENTE: MARÍA DEL ROSARIO MOTA CIENFUEGOS. PONENTE: HÉCTOR LANDA RAZO. SECRETARIO: EUDÓN ORTIZ BOLAÑOS.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 1709/2014. 30 DE ABRIL DE 2015. UNANIMIDAD DE VOTOS; MAYORÍA EN CUANTO AL CONTENIDO DE LA TESIS. DISIDENTE: MARÍA DEL ROSARIO MOTA CIENFUEGOS. PONENTE: HÉCTOR LANDA RAZO. SECRETARIO: EUDÓN ORTIZ BOLAÑOS.

Fecha: 25-Sep-2015

Capítulo De Hechos

"2. Este hecho es falso y se niega. Lo cierto es que el actor fue contratado con un horario de labores comprendido de lunes a sábado de 9:00 a 18:00 horas, contando con tiempo suficiente intermedio para descansar una hora, sin estar disposición (sic) de la empresa: teniendo como días de descanso los domingos de cada semana. Por lo que su horario de labores jamás excedió los máximos permitidos por la ley de la materia. Ya que el demandante no laboró tiempo extraordinario alguno, resultan improcedentes las horas extras que reclama, hecho que se demostrará en el momento procesal oportuno."