AMPARO DIRECTO 1709/2014. 30 DE ABRIL DE 2015. UNANIMIDAD DE VOTOS; MAYORÍA EN CUANTO AL CONTENIDO DE LA TESIS. DISIDENTE: MARÍA DEL ROSARIO MOTA CIENFUEGOS. PONENTE: HÉCTOR LANDA RAZO. SECRETARIO: EUDÓN ORTIZ BOLAÑOS.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 1709/2014. 30 DE ABRIL DE 2015. UNANIMIDAD DE VOTOS; MAYORÍA EN CUANTO AL CONTENIDO DE LA TESIS. DISIDENTE: MARÍA DEL ROSARIO MOTA CIENFUEGOS. PONENTE: HÉCTOR LANDA RAZO. SECRETARIO: EUDÓN ORTIZ BOLAÑOS.

Fecha: 25-Sep-2015

Persona Moral

"Presente.

"Por medio del presente escrito, con el debido respeto, los miembros que conforman esta Comisión Mixta de Productividad, Capacitación y Adiestramiento, exponemos lo siguiente:

"El día de hoy se presentó ante nosotros **********, al cual los representantes de esta comisión realizaron una entrevista y realizaron preguntas respecto al área en la que se desempeña, así como a las habilidades y capacidades que tiene para desenvolverse como **********, por lo que sin lugar a dudas, dejó mucho que desear respecto de las funciones que desempeña.

"Por lo anterior se considera que el trabajador no cuenta con la aptitud ni la capacidad para seguir prestando sus servicios a la empresa, ni mucho menos de desempeñarse dentro de la categoría en la que se ostenta.

"Razón por la que esta comisión determina, que dada la modalidad para la cual fue contratado, se dé por terminada la relación de trabajo, bajo los supuestos normativos correspondientes.