AMPARO DIRECTO 363/2014. 9 DE ABRIL DE 2015. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: RAMÓN OJEDA HARO. SECRETARIO: DAVID ACOSTA HUERTA.
Fecha: 29-Ene-2016
I Los Autores Intelectuales Y Los Que Toman Parte Directa En La Preparación O Ejecución Del Mismo
"II. ...
"III. ...
"IV. ..."
En ese tenor, es pertinente señalar que el estudio de los respectivos ilícitos se realizará de manera separada, puesto que se tuvieron por demostrados con diversos elementos de prueba, y se ejecutaron en diferentes circunstancias de tiempo, modo y lugar.
Así, atento a los motivos de la detención del justiciable, primeramente, se analizará lo relativo al delito de robo ejecutado con violencia calificado cometido en agravio de **********, **********, **********, **********, ********** y ********** (ejecutado el ocho de marzo de dos mil once, a que se refiere la causa penal **********).
En ese tenor, el Magistrado de apelación para tener por demostrado dicho delito de que se trata, así como la responsabilidad penal del quejoso en su comisión, ponderó los siguientes medios de prueba:
a) Declaraciones rendidas ante el órgano investigador, así como ante el Juez de la causa, por **********, **********, **********, **********, ********** y **********.
b) Imágenes fotográficas en donde aparece el producto del robo, así como los estados de cuenta expedidos por la institución de ********** a nombre de **********.
- Considerando
- Ahora Bien Los Preceptos Legales Que Prevén Y Sancionan El Delito De Robo Establecen
- Artículo El Delito De Robo Simple Se Sancionará En La Forma Siguiente
- La Violencia A Las Personas Se Distingue En Física Y Moral
- Por Su Parte El Diverso Dispositivo Del Código De Procedimientos Penales Antes Citado Prevé
- A Una Acción De Apoderamiento Sobre Cosa Mueble Ajena Al Activo
- I Los Autores Intelectuales Y Los Que Toman Parte Directa En La Preparación O Ejecución Del Mismo
- C Emisiones De Los Elementos Policiacos Y
- El Once De Marzo De Dos Mil Once Acudió A Denunciar Lo Que Sigue
- Obran En Copias Certificadas Las Siguientes Constancias
- Asimismo Se Hizo Constar Lo Que Enseguida Se Transcribe
- Emisión Ministerial De De Diecisiete De Marzo De Dos Mil Once Fojas Y
- Artículo
- Derecho De Protección Contra La Detención Arbitraria
- Nadie Puede Ser Detenido Por Incumplimiento De Obligaciones De Carácter Netamente Civil
- Toda Persona Tiene Derecho A La Libertad Y A La Seguridad Personales
- Nadie Puede Ser Sometido A Detención O Encarcelamiento Arbitrarios
- Que No Puede Ser Arbitrariamente Privado De Este Derecho
- Además Debe Acotarse Que De Acuerdo A Las Constancias Que Integran El Sumario Se Advierte Que
- B Que No Puede Ser Arbitrariamente Privado De Este Derecho
- En Cuanto A Las Segundas
- B Inmediatamente Después De Haber Perpetrado El Ilícito Penal De Que Se Trate
- Definición De Flagrancia
- A Flagranciadurante La Comisión Del Delito
- Se Encuentre En Su Poder El Objeto Del Delito O El Instrumento Con Que Se Hubiera Cometido O
- A Denuncia De Once De Marzo De Dos Mil Once Formulada Por Fojas A
- Luego En La Preinstrucción Del Proceso Se Recabó
- En La Instrucción Del Proceso Penal Se Recabaron Las Siguientes Pruebas