AMPARO DIRECTO 311/2016. 9 DE JUNIO DE 2016. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: HÉCTOR LANDA RAZO. SECRETARIA: CARMEN GONZÁLEZ VALDÉS.
Fecha: 09-Jun-2016
Son Inatendibles Los Argumentos Que Anteceden
Conforme a lo que establece el artículo 182 de la Ley de Amparo, la parte que obtuvo resolución favorable a sus intereses puede adherirse al juicio constitucional interpuesto por su contrario, expresando los motivos de disenso correspondientes, esto es, para promoverlo con el objeto de fortalecer o mejorar las consideraciones de la sentencia definitiva, laudo o resolución que pone fin al juicio y que determinaron el resolutivo favorable a sus intereses; hacer valer violaciones al procedimiento que le pudieren afectar y trasciendan al resultado de la resolución impugnada; también puede impugnar algún punto decisorio que le perjudique en relación con los motivos de disenso del principal; sin embargo, lo que pretende hacer valer el quejoso adherente en este motivo de inconformidad, no se encuentra encaminado a procurar reforzar la sentencia, sino a combatir a través de su concepto de violación, un punto decisorio que considera le perjudica, lo que debió haber combatido mediante juicio de amparo directo principal en el plazo previsto para ello; pues de estimar lo contrario se estaría dando la posibilidad de tener una doble oportunidad para impugnar el acto, lo que no es acorde con la naturaleza del amparo adhesivo.
Asimismo, alegó que las horas extras de los empleados debían de acordarse por escrito, y la Junta debió de declarar dicha prestación como irrazonable ya que, según el actor, se le obligó a trabajar de las 7:00 de la mañana a las 8:00 de la noche, jornada que era excesiva e irreal.
Que la actora no había presentado pruebas para acreditar que laboró tiempo extra, en tanto que la demandada ofreció los recibos de pago de los que no se advertía el pago de horas extras.
- Considerando
- Agregó Que Tenía Un Salario Base Diario De E Integrado De
- Inconforme Con Lo Anterior Promovió La Presente Demanda De Amparo Directo
- El Anterior Argumento Es Infundado En Una Parte Y Fundado En Otra
- La Etapa De Demanda Y Excepciones Se Desarrollará Conforme A Las Normas Siguientes
- El Anterior Argumento Es Infundado En Una Parte Y En Otra Fundado Pero Inoperante
- Los Anteriores Argumentos Son En Una Parte Infundados Y En Otra Fundados
- El Finiquito De Mérito Y La Carta Renuncia Son Del Siguiente Tenor
- Recursos Humanos
- Atentamente
- I Deje Insubsistente El Laudo Reclamado
- Quintoel Quejoso Adherente Formuló Los Siguientes Conceptos De Violación
- Son Infundados Los Anteriores Argumentos
- Son Inatendibles Los Argumentos Que Anteceden
- Lo Anterior Es Infundado
- Que Los Testigos Presentados Fueron Incongruentes Que Los Mismos Se Encontraban Adiestrados
- En Consecuencia Con Lo Anterior Procede Negar El Amparo Adhesivo Solicitado