AMPARO DIRECTO 1023/2018. 24 DE ENERO DE 2019. UNANIMIDAD DE VOTOS; MAYORÍA EN CUANTO AL SENTIDO Y TEMA DE LA TESIS. DISIDENTE: JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ SALDAÑA. PONENTE: HÉCTOR LANDA RAZO. SECRETARIA: CARMEN GONZÁLEZ VALDÉS.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 1023/2018. 24 DE ENERO DE 2019. UNANIMIDAD DE VOTOS; MAYORÍA EN CUANTO AL SENTIDO Y TEMA DE LA TESIS. DISIDENTE: JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ SALDAÑA. PONENTE: HÉCTOR LANDA RAZO. SECRETARIA: CARMEN GONZÁLEZ VALDÉS.

Fecha: 03-May-2019

El Argumento Anterior Es Infundado

En efecto, la Junta al laudar consideró los conceptos que debían tenerse como integrantes del salario para determinar las diferencias en el pago de la gratificación por jubilación, tomando en cuenta para tal efecto, los recibos de pago que el actor exhibió al juicio (fojas 71 a 83), de los que extrajo lo siguiente:

"De los recibos de pago exhibidos en copia por la parte actora [fojas (71-83)] y en original por la demandada (f. 129-152); se advierten las percepciones del actor, apareciendo como prestaciones consuetudinarias y permanentes las siguientes: prima vacacional segundo periodo $********** (foja 83), aguinaldo primer periodo $********** (foja 71), despensa mensual $********** (foja 72), calidad y eficiencia $********** (foja 83) y días de ajuste $********** (foja 78); documentos con los cuales se acreditan las percepciones del actor y que son parte integrante del salario y que deben ser tomados en consideración para el cálculo de la gratificación." (f. 183 vuelta). ... Por lo que se tiene que los conceptos señalados forman parte integrante del salario en la forma siguiente: