AMPARO DIRECTO 31/2020. 1 DE SEPTIEMBRE DE 2021. PONENTE: MINISTRA PRESIDENTA ANA MARGARITA RÍOS FARJAT. SECRETARIA: IRLANDA DENISSE ÁVALOS NÚÑEZ.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 31/2020. 1 DE SEPTIEMBRE DE 2021. PONENTE: MINISTRA PRESIDENTA ANA MARGARITA RÍOS FARJAT. SECRETARIA: IRLANDA DENISSE ÁVALOS NÚÑEZ.

Fecha: 13-May-2022

Deje Insubsistente La Sentencia Reclamada

2. En su lugar, dicte otra en la que prescinda de la interpretación que realizó sobre los artículos 232 y 233 del Código Civil para el Estado de Nuevo León y, conforme a las consideraciones vertidas en la presente ejecutoria, considere que los efectos traslativos de la propiedad de la persona donataria se generan a partir de la muerte de la persona donante.

3. Conforme a ello, declare que la señora ********** no tenía capacidad para aportar el bien inmueble al fideicomiso y declare procedente la acción de nulidad promovida por el señor ********** contra el convenio en el que se aportó el bien.