AMPARO DIRECTO 31/2020. 1 DE SEPTIEMBRE DE 2021. PONENTE: MINISTRA PRESIDENTA ANA MARGARITA RÍOS FARJAT. SECRETARIA: IRLANDA DENISSE ÁVALOS NÚÑEZ.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 31/2020. 1 DE SEPTIEMBRE DE 2021. PONENTE: MINISTRA PRESIDENTA ANA MARGARITA RÍOS FARJAT. SECRETARIA: IRLANDA DENISSE ÁVALOS NÚÑEZ.

Fecha: 13-May-2022

Ix Estudio

35. El estudio de la sentencia reclamada se analizará a la luz de los conceptos de violación formulados por el quejoso principal y la parte quejosa adhesiva, por tratarse de un asunto en el que no procede la suplencia de la queja, en términos del artículo 79 de la ley de la materia, ya que no se actualiza alguna de las hipótesis que la haga procedente. Por tanto, el presente asunto se resolverá bajo el estándar de estricto derecho.

36. En primer lugar, se procederá a analizar los conceptos de violación del señor **********, y sólo en caso de resultar fundados, se analizarán los conceptos de violación adhesivos de la señora **********