AMPARO DIRECTO 31/2020. 1 DE SEPTIEMBRE DE 2021. PONENTE: MINISTRA PRESIDENTA ANA MARGARITA RÍOS FARJAT. SECRETARIA: IRLANDA DENISSE ÁVALOS NÚÑEZ.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 31/2020. 1 DE SEPTIEMBRE DE 2021. PONENTE: MINISTRA PRESIDENTA ANA MARGARITA RÍOS FARJAT. SECRETARIA: IRLANDA DENISSE ÁVALOS NÚÑEZ.

Fecha: 13-May-2022

Iv Oportunidad

27. Amparo principal. La sentencia reclamada fue notificada personalmente al autorizado del señor ********** el día nueve de octubre de dos mil dieciocho y, en términos del artículo 1075, segundo párrafo, del Código de Comercio,(29) esa notificación surtió efectos al día siguiente, esto es el diez de octubre del mismo año.(30)

28. Así, el plazo para la presentación de la demanda de amparo transcurrió del once de octubre al cinco de noviembre de dos mil dieciocho.(31) Entonces, si la demanda de amparo se presentó ante la autoridad responsable el treinta y uno de octubre de dos mil dieciocho, su presentación fue oportuna.

29. Amparo adhesivo. El acuerdo de admisión de la demanda de amparo principal, de trece de noviembre de dos mil dieciocho, fue notificado a la señora ********** en su carácter de tercero interesada, el catorce de noviembre siguiente y surtió efectos el día hábil siguiente, esto es, el quince del mismo mes y año, en términos del artículo 31, fracción II, de la Ley de Amparo.(32)

30. Así, el plazo de quince días para la promoción del amparo adhesivo transcurrió del dieciséis de noviembre al diez de diciembre de dos mil dieciocho,(33) de conformidad con el artículo 181 de la Ley de Amparo.(34) En tales condiciones, si el amparo adhesivo se presentó el diez de diciembre de dos mil dieciocho, su presentación fue oportuna.