CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 4/2022. ENTRE LOS SUSTENTADOS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS PRIMERO Y CUARTO, AMBOS EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO. 29 DE AGOSTO DE 2022. MAYORÍA DE CINCO VOTOS DE LOS MAGISTRADOS JESÚS DE ÁVILA HUERTA, RENÉ
Fecha: 18-Nov-2022
Revisión Incidental
• No conforme con lo anterior, el Congreso del Estado de Jalisco, por conducto del coordinador de Procesos Legislativos y Asuntos Jurídicos, interpuso recurso de revisión incidental, el que por razón de turno le correspondió conocer al Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, bajo el número de expediente 413/2021, y agotados los trámites respectivos, el asunto se resolvió en sesión virtual ordinaria de veinte de enero de dos mil veintidós,(9) en el que se decidió desechar por improcedente el recurso. Fundamentos jurídicos.
• Para resolver en ese sentido, el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, como punto de partida, realizó un análisis del artículo 5o. de la Ley de Amparo, para establecer que la legitimación para interponer cualquier medio de defensa en el juicio de amparo supone lo siguiente:
- Primerodenuncia De La Contradicción De Criterios
- Segundoadmisión De La Contradicción De Tesis
- Sentencias Dictadas En Las Revisiones Incidentales Y De Su Estadística
- Cuartosesión Virtual
- Primerocompetencia
- Segundolegitimación
- Terceroconsideraciones Previas
- Cuartocriterios Contendientes
- Juicio De Amparo Y Suspensión Provisional Del Acto Reclamado
- Recurso De Queja
- Suspensión Definitiva
- Revisión Incidental
- Que El Promovente Sea Parte Del Juicio De Garantías Y
- Que En Otras Palabras
- Para Que Las Cosas Se Mantengan En El Estado Que Actualmente Guarda Por Lo Tanto
- Fundamentos Jurídicos
- Finalmente El Tribunal Colegiado Añadió El Siguiente Razonamiento
- Consideraciones Del Cuarto Tribunal Colegiado En Materia Administrativa Del Tercer Circuito
- Consideraciones Del Primer Tribunal Colegiado En Materia Administrativa Del Tercer Circuito
- Sextoestudio De Fondo
- I En Amparo Indirecto En Contra De Las Resoluciones Siguientes
- D Las Que Declaren El Sobreseimiento Fuera De La Audiencia Constitucional Y
- Séptimoposible Denuncia De Contradicción De Criterios
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- Artículo