CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 10/2023. ENTRE LOS SUSTENTADOS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS PRIMERO Y CUARTO, AMBOS EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO. 8 DE MARZO DE 2023. TRES VOTOS DE LA MAGISTRADA ROSA MARÍA GALVÁN ZÁRATE Y DE LOS MAGISTRADOS J
Fecha: 21-Abr-2023
Reformado Po De Febrero De
"Cuando un servidor no pudiere hacer uso de las vacaciones en los periodos señalados por necesidades del servicio, disfrutará de ellas de conformidad a lo previsto en esta ley cuando haya desaparecido la causa que impidiere el disfrute de ese descanso, pero en ningún caso los servidores que laboren en periodos vacacionales tendrán derecho a doble pago de sueldo."
"Art. 41. Los días de vacaciones se cobrarán de sueldo íntegro, y la base para el cálculo del pago de los días a que tengan derecho será en proporción al número de días efectivamente trabajados, en el lapso de los seis meses anteriores al nacimiento del derecho.
"Se cubrirá la cantidad equivalente a un 25 % sobre el total de los días correspondientes a vacaciones, por concepto de prima vacacional anual. Dicha prima vacacional, se deberá cubrir en forma proporcional al personal que tenga menos de un año de antigüedad."
"Art. 54. Los servidores públicos tendrán derecho a un aguinaldo anual de cincuenta días, sobre sueldo promedio y el mismo estará comprendido en el presupuesto de egresos, el cual preverá la forma de pagarlo.
"El aguinaldo se cubrirá proporcionalmente tomando en cuenta las faltas de asistencia injustificadas, licencias sin goce de sueldo y días no laborados por sanciones impuestas. El pago del aguinaldo no está sujeto a deducción impositiva alguna.
"Los servidores públicos que no hayan cumplido un año de labores tendrán derecho a que se les pague esta prestación, en proporción al tiempo efectivamente trabajado."
47. Así, puede apreciarse que la legislación local contempla previsiones específicas en torno a los derechos indicados.
48. Sin embargo, en el caso de la legislación local y prestaciones materia de contradicción, no existe deficiencia normativa en su regulación; de ahí que se incumpla el requisito determinado en el inciso iii).
49. Efectivamente, conforme se aprecia de la lectura del artículo 40 de la ley local en análisis, el derecho al goce de vacaciones se regula conforme a los puntos siguientes:
• Tendrán derecho las personas servidoras públicas que tengan más de seis meses consecutivos de servicio.
- Ii Competencia
- Iii Legitimación
- Iv Criterios Denunciados
- Luego Al Resolver Lo Conducente A Las Prestaciones En Comento Se Consideró Lo Siguiente
- B La Modificación Salarial Del Puesto Que Desempeña
- D Los Ajustes Salariales Del Puesto Que Desempeña
- Xi Vacaciones Correspondientes A Veinte Días Al Año
- Se Transcriben Los Artículos Y De Dicho Ordenamiento Legal
- Se Inserta Tabla Aplicando La Ley Federal Del Trabajo Para El Plazo De Prescripción
- Se Transcribe
- Aguinaldo Correspondiente A La Anualidad De Dos Mil Diecisiete
- V Análisis Sobre La Existencia De Contradicción De Criterios
- Pese A Ello Llegaron A Conclusiones Disímiles En Tanto Que
- A Prescripción
- En Torno A La Excepción
- Art Prescriben En Días
- Iv Las Acciones Para Impugnar Los Dictámenes Escalafonarios Y
- Art Prescripción En Dos Años
- Ii Las Acciones De Los Beneficiarios En Los Casos De Muerte Por Riesgo De Trabajo Y
- I Por La Sola Presentación De La Demanda Ante El Tribunal De Arbitraje Y Escalafón Y
- Ii Contra Los Servidores Públicos Incorporados Al Servicio Militar En Tiempo De Guerra Y
- B Supletoriedad
- La Ley Supletoria
- Ii Que La Ley A Suplir Contenga La Institución O Figura Jurídica De Que Se Trata
- Art O En Lo No Provisto Por Esta Ley Se Aplicarán Supletoriamente Y En Su Orden
- Vi La Equidad
- Reformado Po De Febrero De
- Consistirá En Cuando Menos Dos Periodos Anuales De Diez Días Laborales Cada Uno
- En El Caso De La Prima Vacacional El Segundo Párrafo Del Numeral Dispone
- Estará Comprendido En El Presupuesto De Egresos Donde Se Preverá La Forma De Pagarlo
- No Está Sujeto A Deducción Impositiva Alguna
- Cabe Hacer Una Aclaración Al Respecto
- Vii Sentido Que Orienta A La Jurisprudencia Que Se Determina
- Primeroexiste La Contradicción De Criterios Denunciada