CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 10/2023. ENTRE LOS SUSTENTADOS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS PRIMERO Y CUARTO, AMBOS EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO. 8 DE MARZO DE 2023. TRES VOTOS DE LA MAGISTRADA ROSA MARÍA GALVÁN ZÁRATE Y DE LOS MAGISTRADOS J
Fecha: 21-Abr-2023
Xi Vacaciones Correspondientes A Veinte Días Al Año
"...
"Seguida que fue la secuela procesal y como se advierte de las actuaciones del subyacente, el organismo demandado fue condenado únicamente al reclamo señalado en el inciso a), siendo absuelto del resto de las pretensiones que fueron peticionadas.
"Luego, como se adelantó, resultan inoperantes los motivos de disenso en torno a las pretensiones reclamadas en el inciso b), subincisos del i al x, como se verá:
"En principio, en torno a los reclamos que se encuentran plasmados en los subincisos III al X, cabe destacar que, al momento de dar contestación a la aclaración de demanda, la parte reo sostuvo que dichos conceptos resultan ser prestaciones de carácter extralegal.
"...
"Luego, respecto de los reclamos atinentes a los subincisos I, II y XI, relativos al pago de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional respecto de los cuales la autoridad laboral tampoco emitió pronunciamiento alguno; se estima que igualmente resulta inoperante su motivo de disenso, dado que, en el presente asunto, se encuentra debidamente acreditado que, al momento de la presentación de la demanda, no se le adeudaba concepto alguno con motivo de dichas prestaciones, como se verá.
"La Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus Municipios regula lo concerniente a las vacaciones y la prima correspondiente, en estos términos:
- Ii Competencia
- Iii Legitimación
- Iv Criterios Denunciados
- Luego Al Resolver Lo Conducente A Las Prestaciones En Comento Se Consideró Lo Siguiente
- B La Modificación Salarial Del Puesto Que Desempeña
- D Los Ajustes Salariales Del Puesto Que Desempeña
- Xi Vacaciones Correspondientes A Veinte Días Al Año
- Se Transcriben Los Artículos Y De Dicho Ordenamiento Legal
- Se Inserta Tabla Aplicando La Ley Federal Del Trabajo Para El Plazo De Prescripción
- Se Transcribe
- Aguinaldo Correspondiente A La Anualidad De Dos Mil Diecisiete
- V Análisis Sobre La Existencia De Contradicción De Criterios
- Pese A Ello Llegaron A Conclusiones Disímiles En Tanto Que
- A Prescripción
- En Torno A La Excepción
- Art Prescriben En Días
- Iv Las Acciones Para Impugnar Los Dictámenes Escalafonarios Y
- Art Prescripción En Dos Años
- Ii Las Acciones De Los Beneficiarios En Los Casos De Muerte Por Riesgo De Trabajo Y
- I Por La Sola Presentación De La Demanda Ante El Tribunal De Arbitraje Y Escalafón Y
- Ii Contra Los Servidores Públicos Incorporados Al Servicio Militar En Tiempo De Guerra Y
- B Supletoriedad
- La Ley Supletoria
- Ii Que La Ley A Suplir Contenga La Institución O Figura Jurídica De Que Se Trata
- Art O En Lo No Provisto Por Esta Ley Se Aplicarán Supletoriamente Y En Su Orden
- Vi La Equidad
- Reformado Po De Febrero De
- Consistirá En Cuando Menos Dos Periodos Anuales De Diez Días Laborales Cada Uno
- En El Caso De La Prima Vacacional El Segundo Párrafo Del Numeral Dispone
- Estará Comprendido En El Presupuesto De Egresos Donde Se Preverá La Forma De Pagarlo
- No Está Sujeto A Deducción Impositiva Alguna
- Cabe Hacer Una Aclaración Al Respecto
- Vii Sentido Que Orienta A La Jurisprudencia Que Se Determina
- Primeroexiste La Contradicción De Criterios Denunciada