CONTRADICCIÓN DE TESIS 1/2022. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL CUARTO Y EL SEXTO TRIBUNALES COLEGIADOS, AMBOS EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO. 7 DE JUNIO DE 2022. MAYORÍA DE OCHO VOTOS DE LOS MAGISTRADOS MARÍA DEL CARMEN AURORA ARROYO MORENO, ILIAN
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTRADICCIÓN DE TESIS 1/2022. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL CUARTO Y EL SEXTO TRIBUNALES COLEGIADOS, AMBOS EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO. 7 DE JUNIO DE 2022. MAYORÍA DE OCHO VOTOS DE LOS MAGISTRADOS MARÍA DEL CARMEN AURORA ARROYO MORENO, ILIAN

Fecha: 14-Oct-2022

Autorización Y Firma De Los Contratos En General

El Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos tiene la facultad originaria de autorizar los contratos que al efecto deba celebrar tal paraestatal con los particulares, conforme a lo previsto en el artículos 13, fracción IV, de la Ley de Petróleos Mexicanos,(57) y 8o. de las Disposiciones Generales de Contratación para Petróleos Mexicanos y sus Empresas Productivas Subsidiarias.(58)

Tal facultad también se encuentra delegada en forma general en el área de procura y abastecimiento de Petróleos Mexicanos, quien además, se encuentra facultada para celebrar la prórroga de los contratos, en términos del artículo 33 de las disposiciones generales.(59)

Procedencia de medios de impugnación de los actos administrativos acontecidos durante el procedimiento de contratación.