CONTRADICCIÓN DE TESIS 1/2022. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL CUARTO Y EL SEXTO TRIBUNALES COLEGIADOS, AMBOS EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO. 7 DE JUNIO DE 2022. MAYORÍA DE OCHO VOTOS DE LOS MAGISTRADOS MARÍA DEL CARMEN AURORA ARROYO MORENO, ILIAN
Fecha: 14-Oct-2022
Deje Insubsistente La Resolución Reclamada
2. Emita una nueva, en la cual considere que el contrato invocado como base de la acción, sí es de carácter mercantil, y provea lo conducente.
II. Postura del Sexto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, al resolver el juicio de amparo directo 337/2021.
Origen. El anterior expediente proviene de un juicio ordinario mercantil en que la actora demandó de **********:
a) La formalización del contrato de prestación de servicios derivados de los trabajos ejecutados para la atención de la emergencia ambiental por el derrame de hidrocarburo, ocasionado por una toma clandestina descontrolada.
b) La declaración judicial consistente en que la actora dio cumplimiento al contrato verbal de prestación de servicios por los trabajos ejecutados para la atención de la emergencia ambiental por el derrame de hidrocarburos.
c) El pago de las cantidades por concepto de tales trabajos ejecutados, intereses moratorios, gastos y costas.
- Considerando
- En Los Hechos De La Demanda La Actora Precisó
- Criterio En La Citada Sentencia De Amparo Directo Dicho Tribunal Colegiado Consideró
- Deje Insubsistente La Resolución Reclamada
- En Los Hechos De La Demanda Se Precisó En Síntesis
- Iii La Interpelación Judicial
- Criterio En Esa Ejecutoria El Referido Tribunal Colegiado Sostuvo Las Premisas Siguientes
- Cuartoexistencia De La Contradicción De Tesis
- Para Mayor Claridad A Continuación Se Transcribe Dicho Criterio Jurisprudencial
- De Acuerdo Con Los Componentes De Ambas Normas Se Advierte
- Con Relación A Los Incisos A Y B Anteriores Debe Puntualizarse Lo Siguiente
- Lo Anterior Pone De Manifiesto Que La Fuente De La Obligación Lo Constituye
- C Invitación Directa
- Vi Resultado Del Concurso
- V Asignación En Que También Puede Acontecer La Cancelación Del Procedimiento
- Adjudicación Directa Cuando Se Trata De Derrames O Emergencias
- V Convalidación De La Autorización Por El Superior Jerárquico
- Autorización Y Firma De Los Contratos En General
- Concurso Abierto O Por Licitación Pública
- Principio De Definitividad
- Sextopropuesta De Jurisprudencia
- Encargado Del Engrose El Magistrado Fernando Rangel Ramírez Secretario Octavio Rosales Rivera
- Artículo
- Viii Deuda
- Vi Las Empresas De Construcciones Y Trabajos Públicos Y Privados
- Artículo El Congreso Tiene Facultad
- El Tribunal Funcionará En Pleno O En Salas Regionales
- Los Magistrados Sólo Podrán Ser Removidos De Sus Cargos Por Las Causas Graves Que Señale La Ley
- Artículo En Contra Del Fallo Que Adjudique El Contrato Procederá
- Artículo Los Procedimientos De Contratación Se Sujetarán A Lo Siguiente
- F Los Requisitos Para La Presentación De Propuestas Conjuntas
- I Los Términos De La Subcontratación
- R Los Supuestos En Los Que El Concurso Se Declarará Desierto O Cancelado
- Ii Si Como Resultado De La Evaluación De Las Propuestas Ninguna De Ellas Resulta Solvente
- V Declarar La Nulidad De La Resolución Impugnada Y Además
- Artículo O