CONTRADICCIÓN DE TESIS 1/2022. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL CUARTO Y EL SEXTO TRIBUNALES COLEGIADOS, AMBOS EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO. 7 DE JUNIO DE 2022. MAYORÍA DE OCHO VOTOS DE LOS MAGISTRADOS MARÍA DEL CARMEN AURORA ARROYO MORENO, ILIAN
Fecha: 14-Oct-2022
Ii Si Como Resultado De La Evaluación De Las Propuestas Ninguna De Ellas Resulta Solvente
"En ambos casos se deberá publicar el resultado del concurso en el portal de Internet del área de procura y abastecimiento, o en cualquier otro medio de difusión que se establezca."
53. Las disposiciones generales definen al área de procura y abastecimiento, como la unidad administrativa de Petróleos Mexicanos que: i) define y dirige la estrategia en materia de procura y abastecimiento nacional e internacional para Petróleos Mexicanos y sus empresas productivas subsidiarias; ii) emite lineamientos operativos de procura y abastecimiento; iii) define el procedimiento de contratación; iv) emite y suscribe convocatorias, evaluaciones económicas, fallos, dictámenes, modificaciones a los procedimientos de contratación o cualquier acto relacionado con los procedimientos de contratación; v) celebra contratos y convenios, a nombre y por cuenta y orden de las empresas productivas subsidiarias; vi) gestiona los procedimientos de terminación anticipada o rescisión de los contratos ante las instancias correspondientes y, vii) respecto al modelo de contratación, define la estrategia de contratación.
54. "Artículo 28. En el procedimiento de invitación restringida, el área de procura y abastecimiento invitará al menos a tres personas que cumplan con los requisitos previstos en el artículo 79 de la ley.
"Las invitaciones se publicarán en el portal de Internet del área de procura y abastecimiento e indicarán, al menos, los requisitos, plazos y la descripción general del objeto de la contratación, la forma en que deberán presentarse las propuestas y los criterios para la evaluación y la adjudicación de los contratos, incluyendo criterios de desempate.
"El análisis de mercado nacional o internacional, determinará aquellos casos en los que resulte más conveniente instrumentar la excepción al concurso abierto."
55. El artículo 31 de dichas medidas generales prevé una regulación especial para contratos de adjudicación directa, el cual resulta innecesario su análisis, porque excluye de su regulación cuando se trata de derrames de hidrocarburos o emergencias ambientales.
56. "Artículo 32. El dictamen de la excepción al concurso abierto de las contrataciones que se ubiquen en los supuestos previstos en las fracciones II, III, XVI, XVIII y XXI del artículo 78 de la Ley, se sujetará únicamente a lo siguiente:
"I. Las unidades administrativas competentes deberán elaborar y presentar al Comité de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios, el procedimiento relacionado con las contrataciones previstas en las fracciones II a VI del presente artículo;
"II. Tratándose del supuesto previsto en la fracción II del artículo 78 de la ley, en lo que se refiere a la seguridad nacional, seguridad pública y seguridad física de la empresa productiva, la instancia responsable de dictaminar la excepción al concurso abierto será quien esté a cargo de la unidad administrativa que tenga la función de coordinar la prestación de servicios en materia de salvaguardia estratégica del personal, instalaciones, bienes y valores de la empresa productiva;
"III. Con relación al concepto seguridad de la empresa establecido en la fracción II del artículo 78 de la ley, tratándose de la seguridad de datos e información que sea usada, transmitida o almacenada por parte de la empresa productiva en tecnologías de información y comunicaciones, o en tecnologías operacionales, en casos de extrema urgencia y justificados, la instancia responsable de dictaminar la excepción al concurso abierto será el titular de la unidad administrativa que tenga la función de los servicios en materia de tecnología de información; "IV. Tratándose de los supuestos previstos en la fracción II del artículo 78 de la ley, en lo que específicamente se refiere a la seguridad de las instalaciones industriales y ductos de la empresa productiva, en las fracciones III, referente a contrataciones derivadas de caso fortuito y fuerza mayor y XVI, relativa a la remediación de derrames, emisión de gases tóxicos o peligrosos, vertimiento irregular de hidrocarburos o cualquier otro incidente riesgoso, la instancia responsable de dictaminar la excepción al concurso abierto será el titular o responsable de la unidad administrativa en donde se haya presentado la necesidad de la contratación a que se refiere esta fracción, bastando únicamente manifestar por escrito la necesidad de la contratación, pudiéndose iniciar las adquisiciones, trabajos o servicios de manera inmediata y con posterioridad celebrar el contrato correspondiente;
"...
"Para efectos de las fracciones III y XVI del artículo 78 de la ley, las cantidades o conceptos deberán limitarse a lo estrictamente necesario para afrontar la eventualidad de que se trate.
"La autorización a la que se refieren las fracciones II a VI del presente artículo, deberá ser convalidada por los superiores jerárquicos del servidor público responsable de dictaminar la excepción al concurso abierto. ..."
57. "Artículo 13. El consejo de administración, órgano supremo de administración de Petróleos Mexicanos, será responsable de definir las políticas, lineamientos y visión estratégica de Petróleos Mexicanos, sus empresas productivas subsidiarias y sus empresas filiales. Al efecto, tendrá las funciones siguientes:
"...
"IV. Aprobar las directrices, prioridades y políticas generales relacionadas con las inversiones de Petróleos Mexicanos, de sus empresas productivas subsidiarias y empresas filiales, y con la celebración de alianzas estratégicas y asociaciones con personas físicas o morales, debiendo señalar, en ambos casos, aquellas que por su importancia o trascendencia deban ser autorizadas por el propio consejo;"
58. "Artículo 8. El Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos autorizará las siguientes contrataciones:
"I. Las relacionadas con las inversiones que por su importancia o trascendencia, sean autorizadas por el propio Consejo de Administración, de conformidad con lo que establece la fracción IV del artículo 13 de la ley.
"Las contrataciones a que se refiere esta fracción, serán autorizadas conjuntamente con las inversiones, con la información básica o general de las mismas, y
"II. Las que considere el Consejo de Administración, a propuesta de su presidente o de dos consejeros, o del director general de Petróleos Mexicanos. En estos casos, se enviarán los términos y condiciones básicas o generales de las contrataciones."
59. "Artículo 33. El contrato deberá ser firmado por el participante ganador dentro del plazo que al efecto se hubiere señalado dentro del procedimiento de contratación, mismo que podrá, en su caso, ser prorrogado por razones justificadas por el área de procura y abastecimiento cuando así resulte necesario.
"En el caso de que el participante en lo individual constituya una sociedad de propósito específico para la celebración y ejecución del contrato, éste será suscrito por dicha sociedad, en su carácter de proveedor o contratista, y por el participante como obligado solidario.
"En el caso de que un consorcio constituya una sociedad de propósito específico para la celebración y ejecución del contrato, éste deberá ser suscrito por dicha sociedad, en su carácter de proveedor o contratista, y por los integrantes del consorcio como obligados solidarios.
"La obligación solidaria se podrá hacer constar a través de los instrumentos jurídicos que al efecto establezca el área de procura y abastecimiento conjuntamente con el área jurídica.
"En caso de que el participante ganador no firme el contrato por causas imputables a él mismo, dicho contrato podrá ser adjudicado al segundo lugar, siempre y cuando cumpla con los criterios de adjudicación previstos en las bases y asuma el precio de la propuesta del participante ganador, o bien, en caso de negativa por escrito, se podrá adjudicar a cualquier otro participante, siempre y cuando cumpla los requisitos anteriores.
"En el caso de consorcios, si algún miembro no firma el contrato, el consorcio podrá solicitar su sustitución al área de procura y abastecimiento por otra persona que cumpla con los mismos requisitos y condiciones exigidos en el procedimiento de contratación. Para tal efecto, el área de procura y abastecimiento solicitará opinión al administrador del proyecto. De no autorizarse la sustitución, el contrato no se formalizará por causa imputable al consorcio ganador.
"La falta de firma del contrato por el participante o consorcio ganador, deberá registrarse en el sistema de información de proveedores y contratistas."
- Considerando
- En Los Hechos De La Demanda La Actora Precisó
- Criterio En La Citada Sentencia De Amparo Directo Dicho Tribunal Colegiado Consideró
- Deje Insubsistente La Resolución Reclamada
- En Los Hechos De La Demanda Se Precisó En Síntesis
- Iii La Interpelación Judicial
- Criterio En Esa Ejecutoria El Referido Tribunal Colegiado Sostuvo Las Premisas Siguientes
- Cuartoexistencia De La Contradicción De Tesis
- Para Mayor Claridad A Continuación Se Transcribe Dicho Criterio Jurisprudencial
- De Acuerdo Con Los Componentes De Ambas Normas Se Advierte
- Con Relación A Los Incisos A Y B Anteriores Debe Puntualizarse Lo Siguiente
- Lo Anterior Pone De Manifiesto Que La Fuente De La Obligación Lo Constituye
- C Invitación Directa
- Vi Resultado Del Concurso
- V Asignación En Que También Puede Acontecer La Cancelación Del Procedimiento
- Adjudicación Directa Cuando Se Trata De Derrames O Emergencias
- V Convalidación De La Autorización Por El Superior Jerárquico
- Autorización Y Firma De Los Contratos En General
- Concurso Abierto O Por Licitación Pública
- Principio De Definitividad
- Sextopropuesta De Jurisprudencia
- Encargado Del Engrose El Magistrado Fernando Rangel Ramírez Secretario Octavio Rosales Rivera
- Artículo
- Viii Deuda
- Vi Las Empresas De Construcciones Y Trabajos Públicos Y Privados
- Artículo El Congreso Tiene Facultad
- El Tribunal Funcionará En Pleno O En Salas Regionales
- Los Magistrados Sólo Podrán Ser Removidos De Sus Cargos Por Las Causas Graves Que Señale La Ley
- Artículo En Contra Del Fallo Que Adjudique El Contrato Procederá
- Artículo Los Procedimientos De Contratación Se Sujetarán A Lo Siguiente
- F Los Requisitos Para La Presentación De Propuestas Conjuntas
- I Los Términos De La Subcontratación
- R Los Supuestos En Los Que El Concurso Se Declarará Desierto O Cancelado
- Ii Si Como Resultado De La Evaluación De Las Propuestas Ninguna De Ellas Resulta Solvente
- V Declarar La Nulidad De La Resolución Impugnada Y Además
- Artículo O