CONTRADICCIÓN DE TESIS 348/2019. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL DÉCIMO CUARTO CIRCUITO, EL TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEGUNDO CIRCUITO, EL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERI
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTRADICCIÓN DE TESIS 348/2019. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL DÉCIMO CUARTO CIRCUITO, EL TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEGUNDO CIRCUITO, EL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERI

Fecha: 24-Ago-2022

Esta Resolución Sólo Será Impugnable Mediante Juicio De Amparo

"Transcurrido el término de quince días sin que el reclamado o su legítimo representante haya interpuesto demanda de amparo o si, en su caso, éste es negado, en definitiva, la Secretaría de Relaciones Exteriores comunicará al Estado solicitante el acuerdo favorable a la extradición y ordenará que se le entregue el sujeto."

32. Aprobado por unanimidad en sesión de dos de septiembre de dos mil quince, bajo la ponencia del Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo. En este asunto, la Sala identificó una omisión de estudio por parte del Tribunal Colegiado de conocimiento respecto a una solicitud de interpretación del principio non bis in ídem y, por tanto, realizó un estudio sobre su significado. Se revocó la sentencia recurrida para ordenar al Tribunal Colegiado que diera contestación al punto cuestionado con base en la doctrina desarrollada.

33. Este asunto fue aprobado el dos de diciembre de dos mil quince por unanimidad de cuatro votos de los señores Ministros: Arturo Zaldívar Lelo de Larrea (ponente), José Ramón Cossío Díaz, Jorge Mario Pardo Rebolledo y presidente Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.

34. Ver Corte IDH. Serie C No. 33. Caso Loayza Tamayo Vs. Perú. Sentencia de 17 de septiembre de 1997. Fondo.

35. Este asunto fue aprobado el 3 de abril de 2019, por unanimidad de cinco votos de la Ministra Norma Lucía Piña Hernández (quien votó con el sentido, pero con salvedad en consideraciones) y los Ministros: Luis María Aguilar Morales, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena (ponente) y presidente Juan Luis González Alcántara Carrancá.