CONTRADICCIÓN DE TESIS 2/2022. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y CIVIL PRIMERO, SEGUNDO Y TERCERO; EL TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA Y EL TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRAT
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTRADICCIÓN DE TESIS 2/2022. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y CIVIL PRIMERO, SEGUNDO Y TERCERO; EL TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA Y EL TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRAT

Fecha: 20-Ene-2023

Cuartoantecedentes En Autos Se Observan Los Antecedentes Comunes Siguientes

a) Diversos niños, niñas y adolescentes (en lo sucesivo NNA), en un rango de edad de cinco a diecisiete años, promovieron, por conducto de sus progenitores (representantes legales), amparo indirecto en contra de la omisión de diversas autoridades de salud de aplicarles la vacuna en contra del virus SARS-CoV-2 y de la "Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la COVID-19 en México" (en adelante Política Nacional de Vacunación).(6)

b) Al proveer sobre la demanda, los correspondientes Juzgados de Distrito concedieron, negaron u omitieron proveer sobre la suspensión de plano en contra de los actos indicados; en cuatro asuntos,(7) las personas juzgadoras ordenaron la apertura del incidente respectivo, en el que otorgaron la medida cautelar provisional.

c) Inconformes con esas decisiones, incluidas las que implicaban una omisión, los quejosos y las autoridades responsables, según la parte a cuyos intereses afectó, interpusieron los recursos de queja 71/2022, 30/2022, 41/2022, 53/2022 y **********, del registro del Tribunal Colegiado en Materia Penal y Administrativa; **********, **********, **********, 24/2022 y 35/2022, del índice del Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo; 45/2022, del índice del Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil; 57/2022 y **********, de la estadística del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil; y, 29/2022, 33/2022, 34/2022, **********, 40/2022, ********** y 48/2022, del registro del Tercer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil, todos de este Circuito.

d) Las resoluciones dictadas en los medios de impugnación citados constituyen la materia de análisis de la presente contradicción de tesis.