RECURSO DE RECLAMACIÓN RELATIVO A LA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 28/97. PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE PUEBLA.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

RECURSO DE RECLAMACIÓN RELATIVO A LA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 28/97. PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE PUEBLA.

Fecha: 31-Oct-1995

Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve

PRIMERO.-Es procedente el recurso de reclamación interpuesto por el síndico del Ayuntamiento del Municipio de Puebla, Estado de Puebla.

SEGUNDO.-Es fundado el presente recurso de reclamación, por las razones expuestas en el último considerando de esta sentencia.

TERCERO.-Se revoca el auto recurrido de fecha ocho de octubre de mil novecientos noventa y siete, dictado por el Ministro instructor en la controversia constitucional número 28/97, por el que se admitió la demanda correspondiente.

CUARTO.-Se desecha por improcedente la demanda de controversia constitucional registrada con el número 28/97, a que este recurso se refiere.

Notifíquese; haciéndolo por medio de oficio a las partes y, en su oportunidad, archívese el expediente.

Así lo resolvió la Suprema Corte de Justicia de la Nación en Pleno, por unanimidad de once votos de los señores Ministros Aguirre Anguiano, Azuela Güitrón, Castro y Castro, Díaz Romero, Góngora Pimentel, Gudiño Pelayo, Ortiz Mayagoitia, Román Palacios, Sánchez Cordero, Silva Meza y presidente Aguinaco Alemán. Fue ponente en este asunto el señor Ministro Genaro David Góngora Pimentel.