Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 089/2000
Fecha: 18-Dic-2000
CONSIDERANDO I
Que dentro del procedimiento administrativo de cargo por infracción del Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ducto sustanciado ante la Superintendencia de Hidrocarburos, el abogado Fernando González Quintanilla, en representación de "TRANSREDES S.A.", mediante memorial de 9 de octubre de 2000, cursante de fs. 41 a 44, solicita a la Superintendencia de Hidrocarburos promueva el Recurso Directo o Incidental de Inconstitucionalidad, a cuyo efecto expresa los fundamentos legales que a continuación se anotan:
- VISTOS :
- CONSIDERANDO I
- I.1
- I.2
- I.3
- I.4
- I.5
- I.6
- II.1
- II.2
- III.1
- III.2
- IV.1
- IV.2
- IV.3 Que a solicitud de este Tribunal, el Jefe de la Gaceta Oficial de Bolivia emitió la certificación de 3 de noviembre de 2000, en la que expresa: "Que previa verificación de los registros en Archivo, se evidencia: 1.- El Reglamento para el Diseño, Construcción, Operación y Abandono de Ductos, fue publicado en Edición Especial - Tomo VI 1ra. Edición 1997 de fecha 24 de julio de 1997" (fs. 58).
- IV.4
- IV.5
- IV.6
- IV.7
- IV.8
- IV.9
- CONSIDERANDO V
- POR TANTO:
- Regístrese y devuélvase.